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Durante las últimas semanas, el Consejo de la Magistratura de la Provincia de Entre Ríos llamó al Concurso Nº 236 para cubrir cargos de Fiscales Auxiliares: trece Cargos de la Ciudad de Paraná (N°1,3,4,5,6,7,8,9,10,11,12,13 y14); dos cargos de la Ciudad de Diamante (N°1 y 2); un cargo de la Ciudad de Feliciano (N°1); dos cargos de la ciudad de La Paz (N°1 y 2), dos cargos de la ciudad de Concordia (N°1 y 2); un cargo de la ciudad de Chajarí (N°1); dos cargos de la ciudad de Concepción del Uruguay (N°1 y 4); un cargo de la ciudad de Colón (N°2); un cargo de la ciudad de Rosario del Tala (N°1); un cargo de la ciudad de Villaguay (N°1); dos cargos de la ciudad de Gualeguay (N°1 y 2); dos cargos de la ciudad de Gualeguaychú (N°2 y 3); un cargo de la ciudad de Villa Paranacito (N°1) y un cargo de la ciudad de San Salvador (N°1).

Dentro de ellos, se concursan cargos de Fiscales que cumplen funciones en las Unidades Especializadas en Violencia de Género y Abuso Sexual de Concordia y Paraná.

Las Unidades Especializadas surgieron por dos motivos fundamentales: la cantidad de denuncias de Violencia de Género y la necesidad imperiosa de que quienes cubrieran el cargo de Fiscal, tengan un conocimiento especializado en la materia, con la visión integral de la víctima y el análisis de esos casos con perspectiva de género, explica la Doctora María de los Ángeles Petit, Diplomada Internacional en Violencia de Género y Especialista en Perspectiva de Género, en una nota de opinión.

La especialización en Violencia de Género y Abuso Sexual supone la comprensión no solo de las normas y procedimientos especiales, sino también el conocimiento de herramientas psicológicas en atención a la víctima y un análisis del contexto que excede la letra rígida e inflexible del Código Penal.

La Justicia argentina, en la última década ha ido incorporando poco a poco, muy lento para mi entender, conceptos que exceden el que nos enseñan en la Facultad de Derecho y que tienen la particularidad de incorporar leyes no precisamente jurídicas como la Ley 26.485 de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, así como Convenciones Internacionales, señala la magistrada.

Y agrega que, por eso llama la atención que, en el llamado a concurso de estos cargos, el temario no incluya nada relacionado a la Violencia de Genero, Abuso Sexual, Ley 26485, procedimientos etc. y los concursantes tengan que rendir como si se tratare de una fiscalía común.

Después nos alarma ver cómo se tratan los delitos de violencia y el trato deshumanizado de los fiscales que en general, minimizan estos casos y los convierten en meros trámites procesales, como los que ha pasado la ciudad de Concordia en muchas ocasiones, comenta y remarca que más criticable aun es que el Jurado está conformado solo por hombres, no especialistas en género, o al menos por una mujer, cuando existen miembros del Consejo de la Magistratura mujeres, las que deberían ser parte de todos los concursos, pero especialmente de los que para áreas especializadas se realicen.

La especialización y la perspectiva de género han irrumpido en la esfera de la sociedad y sobre todo en el judicial, aunque de palabra, porque con estos hechos se reafirma que el Estado no realiza acciones reales, tendientes a hacer efectiva la capacitación que tanto se pregona.

Somos los profesionales y las instituciones quienes debemos empujar desde fuera del Poder Judicial las reformas necesarias que se condigan con la realidad de las situaciones que a diario vemos y vivimos en ésta temática, concluye el texto que lleva la firma de la abogada.
Fuente: Prensa María de los Ángeles Petit

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