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El decreto que reglamenta el uso de agrotóxicos en inmediaciones a escuelas rurales, que fue firmado por el gobernador Gustavo Bordet, ya entró en vigencia. Debido a que esta norma regula a distancias inferiores a las dispuestas por la Justicia, sectores ambientalistas advierten que un decreto no puede pasar por encima de un fallo judicial. El Decreto 4.407 fue publicado el 2 de enero en el Boletín Oficial. Según el oficialismo, con esta norma se busca llenar el vacío legal, en respuesta al fallo judicial que prohíbe la fumigación aérea a tres mil metros y a mil metros por vía terrestre. Sin embargo, regula a distancias inferiores a lo dispuesto por la Justicia: cien metros por vía terrestre y 500 metros para la vía aérea.
Carácter inconstitucional del decreto
Desde la coordinadora Basta es Basta aseguran que “un decreto no puede regular algo que prohibió el Poder Judicial”. Y advirtieron que acudirán a Tribunales si un productor se excusa en el decreto de Bordet para poder fumigar a menos distancia de la dispuesta por la Justicia.

Fuentes legales explicaron que “existe una norma legal del Ejecutivo provincial que intenta limitar una sentencia que no puede ser afectada por un decreto”. Además, advierten sobre el posible carácter de inconstitucional del decreto basándose en el desconocimiento que hace el gobierno de la preservación de derechos humanos que el fallo judicial pretendió preservar, como lo son la vida y la salud de los niños y niñas de las escuelas rurales.
Llenar un vacío legal
En la sentencia se le reclamó al gobierno que llene un vacío legal que había en la materia. Pero para esto, en el mismo fallo se dispuso que el gobierno no podrá reglamentar el uso de agrotóxicos en distancias inferiores a las dispuesta, salvo que se cuente con estudios científicos que prueben que a menor distancia no se está poniendo en riesgo la salud de los alumnos y alumnas de las escuelas.

Es decir, el gobierno debe reglamentar el uso de agrotóxicos a una distancia igual o más lejana de lo que lo hizo la Justicia, salvo que mediante estudios científicos compruebe que al fumigar a menos metros de lo dispuesto por el Poder Judicial no se está poniendo en riesgo la salud de las personas.

Sin embargo, hasta el momento no se conoció párrafo alguno de un estudio que sustente regular a distancias inferiores de lo que dispuso la sentencia vigente. Incluso, aseguran que es imposible poder llevar a cabo investigaciones científicas necesarias en tan corto plazo. Los fundamentos del decreto se basan en recomendaciones de la Secretaría de Agroindustria de la Nación, que están bajo la doctrina de las “buenas prácticas”.

La polémica pasará ahora por la vigencia del decreto y si este puede regular en límites inferiores a los que dispuso el Poder Judicial.
Fuente: Análisis Digital

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