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La jueza del Trabajo Nº1 de Paraná, Gladys Pinto, giró el pedido de conciliación obligatoria en el conflicto docente que hizo el gobierno al Juzgado Nº 3 dado que consideró que es allí donde comenzó a tratarse la paritaria 2018 y que ha de ser el juez José Reviriego quien debe entender en la causa, informaron fuentes judiciales.

Pinto consideró que entre la primera etapa del conflicto docente de este año y la actual existe conexidad, por lo tanto corresponde que las actuaciones continúen en el Juzgado del Trabajo Nº 3. En abril, Reviriego intervino en la disputa entre el gobierno y los gremios docentes y dictó la primera conciliación, que derivó en la firma del primer acuerdo fechado el 21 de mayo. “Es por ello que considero que la presente debe ser tramitada ante el mismo juez donde tramitó la conciliación obligatoria de la paritaria abierta en marzo de 2018 por cuanto, al ser ésta continuidad de aquella, es dicho juez quien se encuentra en mejores condiciones para llevar adelante el proceso interesado conforme el principio de la perpetuatio iurisdictionis”, razonó Pintos.

“Sin perjuicio que la conciliación obligatoria llevada adelante en el Juzgado del Trabajo Nº 3 agotó el plazo legalmente previsto de 20 días hábiles plazo que por voluntad de las partes fue extendido y dentro del cual se arribó al acuerdo a la postre celebrado, cabe advertir que la Ley 9624 no regula si la conciliación se puede extender en el tiempo ni limita la cantidad de conciliaciones que se pueden solicitar y tramitar por lo que resulta a todas luces conveniente que el juez que intervino en la anterior instancia conciliadora, empapado de las cuestiones planteadas por las partes, intervenga en la conciliación ahora interesada al tratarse de una cuestión pendiente de la anterior”, agregó. Y más adelante recordó que en ese Juzgado se tramita el expediente 8.069 caratulado "Consejo General de Educación C/Asociación Gremial del Magisterio (Agmer) y Asociación del Magisterio de Enseñanza Técnica (Amet) S/Conciliacion Obligatoria Ley 9624".

La resolución de Pinto tiene fecha 1º de noviembre. Ya ingresó al Juzgado de Reviriego quien tendrá dos caminos: o acepta la remisión y resuelve si otorga o no la conciliación obligatoria que reclama el gobierno o considera que la remisión no corresponde, por lo cual el trámite continuará ante la Cámara del Trabajo, quien deberá resolver la competencia, es decir dónde se tramitará el pedido del gobierno.

La definición deberá darse contrarreloj, ya que el pedido del gobierno busca evitar los paros dispuestos por los gremios docentes, de los cuales se cumplió ya una jornada y la siguiente comenzará en unas pocas horas. De dilatarse la decisión, podría caer en abstracto.
Fuente: Análisis Digital - APF

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