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La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) anuló parcialmente un fallo de la Cámara de Casación Penal, que en 2019 confirmó la condena a prisión perpetua impuesta a Sebastián Wagner por el femicidio de Micaela García, ocurrido el 1° de abril de 2017 en Gualeguay, y anuló la pena impuesta a Néstor Pavón, 5 años de cárcel por el delito de encubrimiento, y ordenó realizar un nuevo juicio.
La decisión de la Sal Penal
El voto que funda la posición de la Sala Penal lo firmó el vocal Daniel Carubia (al que adhirieron Miguel Giorgio y Claudia Mizawak), que hizo lugar a la impugnación extraordinaria presentada por la defensa técnica de Néstor Roberto Pavón, declaró la nulidad parcial de la sentencia de Casación en cuanto anuló la sentencia del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay respecto de la intervención de Pavón en el hecho y en cuanto rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa técnica de éste.

Y consideró “erróneamente concedidos y mal admitidos por la Sala N° 1 de la Cámara de Casación Penal los recursos de casación de las acusaciones pública y privada impugnando la condena dictada contra el encartado Néstor Roberto Pavón, reenviando las actuaciones a la Casación interviniente a fin de que, debidamente integrado el tribunal, trate y se pronuncie respecto del recurso de casación oportunamente deducido por la defensa técnica de Néstor R. Pavón”.
No habrá nuevo juicio
De ese modo, se cae la posibilidad de que en el caso Micaela García haya un nuevo juicio, como había resuelto Casación, para analizar la conducta de Pavón, ya condenado a 5 años de prisión por encubrimiento.

“Si bien es verdad que la sentencia de Casación, que confirma íntegramente la condena dictada contra Wagner, la cual establece con precisión que éste actuó solo en el hecho, y a la vez manda a juzgar nuevamente la conducta de Pavón como supuesto coautor del mismo hecho, contiene una clara falta de coherencia intrínseca, ello, de todos modos, resulta insuficiente y por completo irrelevante para una eventual afectación invalidante del pronunciamiento sentencial contra Wagner”, aclaró Carubia.

Y agregó: “No obstante, toda esa elucubración argumental de la defensa recurrente se diluye por completo y desaparece frente a la conclusión a la que arribo precedentemente respecto de impugnación extraordinaria de la defensa de Pavón, toda vez que, al invalidarse la decisión casacionista puesta en crisis y declararse erróneamente admitidos los recursos de casación de las acusaciones -pública y particular-, lo cual redunda en la confirmación de la condena de mérito contra Pavón por el encubrimiento, pierde todo sentido único el agravio que, dotado de algún argumento fundante, intenta esgrimir la defensa de Wagner”.

La Sala Penal concluyó que “sólo cabrá concluir que la condena dictada por el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay contra Néstor Roberto Pavón (…) acoge íntegramente la acusación alternativa formulada por el Ministerio Público Fiscal y por la querella particular contra aquél y, por consiguiente, no verificándose a su respecto ninguna de las circunstancias habilitantes de la potestad impugnativa de la acusación -pública y privada-(…), deviene palmariamente ilegítima la admisión de los recursos de casación articulados por el Ministerio Público Fiscal y por la querella particular contra ese extremo de la sentencia señalada”.
La reacción del defensor de Pavón
Gaspar Ignacio Reca, Defensor Oficial, en representación de Néstor Roberto Pavón, había tildado “de arbitraria y sin sustento la afirmación dada por la Casación de que el Tribunal de Juicio debió partir, inexorablemente, de la pregunta inicial de cuáles habrían sido los motivos que pudo tener Pavón para encubrir a Wagner y que la respuesta a ello le hubiese permitido saber si se trató de un encubrimiento o de un autoencubrimiento; el marco de análisis propuesto por la Casación nos ubica en un terreno de arenas movedizas”.

Y propuso que se haga lugar a la impugnación extraordinaria, se anule la sentencia de la Cámara de Casación, “declarando mal admitidos los recursos casatorios de las partes acusadoras (…) y se ordene el reenvío de las actuaciones para que un nuevo Tribunal debidamente integrado se expida sobre el recurso de casación oportunamente articulado por la defensa de Pavón contra la condena por encubrimiento, el que quedó sin tratamiento producto de la decisión impugnada, a los fines de asegurar la garantía convencional del doble conforme”.
Lo que había dicho el abogado de Wagner
Luis Francisco Pedemonte, defensor oficial de Wagner, planteó que si Casación anuló el fallo condenatorio de Pavón debió hacerlo en su totalidad con la condena a ambos imputados. “El núcleo del hecho fue diagramado en la sentencia de mérito en base a la idea de que Wagner fue el único autor de la captación, abuso y muerte de Micaela y, por tanto, lo correcto es anular integralmente la sentencia y habilitar un correcto análisis de las impugnaciones de las partes”, propuso.

En su resolución, y con los votos de los jueces Daniel Carubia, Miguel Giorgio y Claudia Mizawak, la Sala Penal del STJ resolvió “hacer lugar a la impugnación extraordinaria articulada por la defensa técnica de Néstor Roberto Pavón contra la sentencia de Casación (…); en su virtud, declarar mal admitidos por la Sala I de la Cámara de Casación Penal, los recursos de casación oportunamente interpuestos por el Ministerio Público Fiscal (…) y por la querella particular (…) y la nulidad parcial de la misma en lo que respecta al tratamiento y decisión de ellos, así como del consecuente rechazo del recurso de casación interpuesto por la defensa técnica de Néstor R. Pavón”.

También, rechazó “la impugnación extraordinaria interpuesta por la defensa técnica de Sebastián José Luis Wagner contra la sentencia de Casación que, en consecuencia, se confirma en lo que fuera objeto de ella”. Y reenvió las actuaciones a Casación, “a fin de que, integrada, renueve los actos pertinentes para tratar y pronunciarse respecto del recurso de casación interpuesto por la defensa técnica de Néstor Roberto Pavón». a fs. 282/312, concedido a fs. 327/vta.

Ante ese pronunciamiento, el fiscal de coordinación de Gualeguay, Gamal Taleb, y el querellante particular Jorge Ruben Impini, en representación de Néstor García y Andrea Lezcano, los padres de Micaela García, recurrirán el fallo de la Sala Penal del STJ ante la Suprema Corte de la Nación.
Fuente: Entre Ríos Ahora.

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