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Pasto amarillo por la fumigación
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La Dirección General de Servicios Agrícolas, DGSA, decidió aplicar a AFE (Administración de Ferrocarriles del Estado) un multa de 112.203 UI (unidades indexadas), tras constatar las violaciones a las distancias mínimas respecto a cursos de agua y poblaciones que prevé la normativa para la aplicación de herbicidas.

Así se notificó al denunciante Colectivo Guichón por los Bienes Naturales por parte del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca -del que depende la referida dirección-.

En la resolución número 1.388 de la Secretaría de Estado, fechada en Montevideo el 3 de octubre pasado, se calificó la infracción de “carácter media”, además se menciona que AFE registra dos antecedentes similares y que no presentó descargos ante la denuncia efectuada.

El colectivo anunció que solicitará apoyo a la Institución Nacional de Derechos Humanos, Inddhh, para que el monto de esta multa se destine a mejorar los controles ambientales. “Como sociedad civil queremos proponer que el monto de esa multa se destine a apoyar trabajos de monitoreo de los daños ocasionados, que se pueden hacer a través de la UdelaR”. También proponen destinar parte de esa suma a acciones de prevención.

En las fotos captadas por la ONG de Guichón para acompañar la denuncia por incumplimiento de las distancias mínimas dispuestas por la normativa uruguaya para la aplicación de fitosanitarios, se aprecia el pasto seco en el terraplén junto a la cabecera del puente.

Desde el año 2011, la zona de exclusión para aplicaciones de agroquímicos con avión en el Uruguay es de 500 metros, tanto de un centro poblado como de una escuela rural. En el caso de aplicaciones terrestres, se reduce a 300 metros.

En cuanto a la cercanía de cursos de agua, desde febrero de 2008 la aplicación aérea de productos fitosanitarios está prohibida a una distancia inferior a 30 metros, sea de corriente de agua natural o fuente superficial de agua. En tanto, la terrestre debe respetar una distancia mínima de 10 metros.
Fuente: El Telégrafo

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