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Últimamente Whatsapp se convirtió en una nueva plataforma de difusión política pero se cuestiona el método para obtener el número de los usuarios votantes. Es el caso de algunos vecinos de Concepción del Uruguay que advirtieron que recibieron mensajes de campaña de Juan Ruíz Orrico, precandidato a intendente de la ciudad por Juntos por el Cambio.

A través de Twitter, una usuaria de la red social mostró una captura del mensaje que recibió: “Un número de una persona que no tengo agendada y que obviamente no conozco me mandó este mensaje ¿Qué onda? ¿Andan difundiendo números”, preguntó.

En el mensaje de Whatsapp, junto a un video, se lee: “¡Hola! Buenas tardes, mi nombre es Mara. Desde hace unos años sigo a Juan Orrico, ¿lo conocés? Él quiere hacer de Concepción del Uruguay la ciudad más importante de Entre Ríos. Por eso recorre los barrios para hablar con los vecinos y juntos trabajar para mejorar nuestra ciudad”. Seguidamente la interlocutora aclaró: “Su número está registrado en una base de datos de campañas anteriores” y preguntó: “¿Desea recibir más información sobre Juan Orrico? SI - Envíe 1; NO- Envíe 2”.

Otra usuaria le respondió: “Me pasó lo mismo, lo bloqueé al toque”. Asimismo otro internauta le manifestó que recibió el mensaje, bloqueó el número y lo denunció.

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¿Es legal esta práctica?
De acuerdo al Código Nacional Electoral, está prohibida la publicidad electoral antes de los 35 días previos a una votación. El artículo 64 expresa: "Queda prohibida la emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos y radiales con el fin de promover la capacitación del sufragio para candidatos a cargos públicos electivos, así como publicidad alusiva a los partidos políticos y sus acciones, antes de los 35 días previos a la fecha fijada de los comicios". Aunque nada se explicita para redes sociales. En Entre Ríos las campañas electorales para las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) deben iniciar el sábado 24 de junio.

En Argentina el uso de datos para las elecciones, como en este caso el número de celular, no está regulado pues la publicidad electoral sólo está controlada en los servicios de comunicación audiovisual: TV abierta, TV por cable, señales nacionales, radios AM y FM habilitadas por el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM).

Consultado por UNO, el Secretario General del Tribunal Electoral de Entre Ríos, doctor Lisandro Minigutti, explicó: "Lamentablemente no hay una norma local que prohíba y sancione la campaña anticipada. Además, como Tribunal, no tenemos el poder de juzgar y, mucho menos, sancionar estas acciones ya que se trata de prohibiciones nacionales. Al haber elecciones simultáneas, instamos a los políticos a no realizar estas prácticas en la campaña electoral. No tenemos antecedentes de campañas a través de Whatsapp". Respecto al uso de datos personales, el funcionario indicó: " Hay que dirigirse al Ministerio Público Fiscal en el caso que los vecinos sientan que sus datos personales fueron vulnerados ya que hay algún funcionario que es responsable de esa información. Es un tema muy serio, sacando lo ético".

Finalmente, desde el área de prensa de Juan Orrico, manifestaron a UNO que no tienen información respecto de esta situación.
Fuente: Diario Uno

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