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La Comisión de Seguridad del Senado provincial, presidida por el senador Ángel Giano, evaluó el proyecto de ley que propone modificar el Código Procesal Laboral (Ley 5315) agregando como título V “Tutelas de protección por violencia laboral contra la mujer”.

“El proyecto propone dar respuestas a demandas concretas y frenar la violencia contra las mujeres es una prioridad”, sostuvo Giano quien destacó el trabajo en forma articulada que se viene realizando en el ámbito legislativo con distintas organizaciones públicas y privada.

El senador agregó: “Tenemos la posibilidad de adecuar las normativas para evitar los casos de violencia contra las mujeres en el ámbito laboral y evitar que se quebrante el derecho de igual remuneración por igual tarea, el hostigamiento psicológico, o las distintas formas de violencia que buscan excluir a una trabajadora de su espacio laboral, tal como lo indica la Ley nacional N° 26485”, explicó el legislador.
Qué se considera como violencia laboral
La iniciativa considera como “violencia laboral contra la mujer” aquella que discrimina a las muejres en los ámbitso de trabajo públicos o privados y que obstaculiza su acceso al empleo, contratación, ascenso, estabilidad o permanencia en el mismo, exigiendo requisitos sobre estado civil, maternidad, edad, apariencia física o la realización de test de embarazo.

En ese sentido la norma, que fue trabajada con el aporte de la titular de la Oficina de Violencia de Género del Centro Judicial del Superior Tribunal de Justicia, Yanina Izet, busca evitar cualquier acción que, “ya sea por omisión o manipulación crónica, permanente, periódica, o incluso aislada, generadora de riesgo actual o previsiblemente inminente, que afecte la vida, integridad física, psicológica, emocional, sexual o la libertad de mujeres en situación de vulnerabilidad generados en el ámbito laboral, constituyan tales hechos o no un delito penal”.
Juicio abreviado en casos de abuso sexual
Por otro lado, también se resolvió dar continuidad al debate sobre la incorporación de un artículo que establezca limitaciones a la posibilidad de utilizar el juicio abreviado en caso de delitos sexuales.

Se trató el proyecto que promueve modificar el Código Procesal Penal incorporando la prohibición de otorgar juicio abreviado a los imputados por delitos contra la integridad sexual o por violencia de género, de modo que los casos de violación o abuso sexual tengan que culminar en el debate, siendo el principal escollo para avanzar en la modificación la revictimización de la víctima. También se debatió sobre el consentimiento explícito de la víctima en caso de llegar a un acuerdo de juicio abreviado de mantenerse dicho procedimiento.
Fuente: Entre Ríos Ahora

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