Colón

Coronavirus: ¿Hasta qué hora los comercios pueden abrir sus puertas?

12 de Abril, principal arteria comercial.

Mediante el Decreto Nº 162/2020, la Municipalidad de Colón dispuso nuevos topes horarios para los establecimientos comerciales, cuya actividad durante el aislamiento, social, preventivo y obligatorio, se encuentra autorizada.

a) Minoristas de proximidad: cierre a las 20;

b) Rotiserías, pizzerías o similares y/o todos aquellos que funcionen con servicio de entrega a domicilio: cierre a las 23;

c) Drugstores: cierre a las 23;

d) Farmacias, transportes de cargas esenciales o de pasajeros (incluidos remis y taxi), expendedores de combustibles, supermercados, veterinarias, ferreterías y/o todo otro que se encuentre comprendido en las excepciones establecidas por el DNU de cuarentena y/o sus resoluciones ampliatorias: cierre en horario habitual.

Infracciones
En tanto, el artículo 2º del decreto establece que “el establecimiento comercial que incumpla con el presente, será pasible de sufrir las sanciones establecidas en el artículo 14º del Decreto Nº 157/2020, el que prevé multas que oscilan entre los pesos veinte mil ($20.000) y pesos doscientos mil ($200.000), y/o la clausura; ello sin perjuicio de las penalidades establecidas en la normativa de emergencia nacional”.



Fuente: Prensa Municipalidad de Colón