“No me esperaba una sentencia tan paupérrima y reduccionista. Lo digo objetivamente. El análisis que hizo el juez es muy reduccionista, muy paupérrimo, muy pobre, y los fundamentos que tomó son totalmente inconsistentes y vamos a apelar”.
De ese modo, el abogado Fernando Di Benedetto, que accionó en representación de Asociación “Ecoguay” y la Agrupación “Conciencia Animal” de Entre Ríos en la Justicia para prohibir la doma y jineteada en Oro Verde, analizó el fallo del juez de Paz Mariano Ramón Jurado que rechazó el amparo presentado.
Lo que dispuso el juez
El magistrado concluyó que en la presentación no se logró “acreditar los actos de maltrato y crueldad hacia equinos, que se producen en los eventos de doma y jineteada que el Municipio de Oro Verde autoriza. Utilizo deliberadamente este tiempo verbal, pues el festival que se realizó el pasado 17 de agosto, no constituyó un evento aislado, sino que se ha venido repitiendo durante casi una década, en similares condiciones y con habilitación municipal previa”.Di Benedetto cuestiona que el juez haya ponderado los términos de la Ley Nº 10.740 de Rescate, Protección y Promoción de la Cultura Tradicional Entrerriana.
“El juez está legitimando la violencia”
“A través de esta sentencia, al llegar a esa conclusión, el juez está legitimando la violencia”, señaló el letrado y explicó: “nuestro principal argumento es que ya hay una ley penal, que es una ley penal nacional, federal, que se aplica en todo el país. Entonces, una norma provincial no puede regular lo que una ley penal nacional ya prohíbe. Concretamente, el artículo 3, inciso 8, de la ley penal 14.346, que es la ley penal que protege a los animales, establece categóricamente como delito los espectáculos públicos en donde se mate, hiera u hostilice animales”.Di Benedetto reprochó que el magistrado se haya basado en una ley, la Nº 10.740, “que ni siquiera está reglamentada, por lo tanto no se puede aplicar. El juez sostiene que no encuentra ilegalidad en la jineteada y que en todo caso habría que cuestionar la constitucionalidad de la ley y dice que, bueno, al estar regulado esto no encuentra ilegalidad en el acto, y dice que la cuestión se tendría que dirimir en el Poder Legislativo. Por supuesto que no, porque cuando hay una ley injusta o hay una privación de derechos, tenés que recurrir al juez. Para eso están los jueces, para que se aplique el derecho”.
“Vamos a apelar”
“Los animales son seres sintientes. Si yo a vos te pego un balazo, es un estímulo externo que te va a generar una experiencia muy negativa. Con los animales pasa lo mismo. En razón de su sintiencia, tienen que ser protegidos”, observó.Hay fallos que han declarado a los animales sujetos de derecho, insistió, algo que el juez de Paz de Oro Verde no tuvo en cuenta. “Lamentablemente, el juez hace una interpretación muy escueta, jurídicamente muy pobre, la cual vamos a apelar en su totalidad”.
Di Benedetto cuestionó además que el magistrado haya cargado con las costas sobre las espaldas de las ONG que accionaron. “En este tipo de procesos colectivos, en los que se debaten cuestiones de interés público, no se impone costas a las ONG. Eso lo prevé la misma Ley de Procedimientos Constitucionales y los códigos procesales. Uno está acostumbrado a perder con algunos fallos. Lo que no me esperaba es una sentencia tan desastrosa”, aportó.
Fuente: Entre Ríos Ahora.