"El reglamento de uso de las instalaciones del polideportivo municipal no determina dentro de sus costos el valor del vehículo y las horas hombre necesarias para el armado y desarmado del escenario, además del valor actual de las horas extras del encargado de las instalaciones", contestaron.
"Las ordenanzas 1072 y 1768 son específicas para la utilización del polideportivo, pero las cuales, en algunos aspectos, no son acordes con el actual desarrollo de las actividades y/o valores monetarios establecidos, por lo que corresponde actualizar sus condiciones con el fin de prestar un mejor servicio", dieron a conocer en la misiva de respuesta.
"El seguro contratado para el polideportivo municipal es por responsabilidad civil comprensiva, según lo establecido en la ordenanza 1768, desde esta municipalidad se solicita a los usuarios del predio para algún evento, el seguro correspondiente según la actividad a desarrollar, sumado a la tramitación de la autorización correspondiente", respondieron.
Fuente: El Entre Ríos (edición impresa)