A través del decreto N°2.348, dictado el 2 de este mes, el Poder Ejecutivo aprobó la liquidación practicada por la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Desarrollo Humano en concepto de haberes percibidos indebidamente por días no trabajados por un empleado del Estado que falleció en junio de 2024.
Aún cuando el empleado no prestó servicios a la Administración entre noviembre de 2021 y junio de 2024, por algún extraño mecanismo de la burocracia siguieron liquidándole los salarios hasta julio de 2024 cuando el agente financiero bloqueó el cobro de la última liquidación practicada.
El decreto ordena «el recupero de las sumas de dinero indebidamente percibidas» por el trabajador, quien fuera agente de planta permanente del Ministerio de Desarrollo Humano. La suma que deberá reintegrar al erario público, sin actualizar, es de $ 7.168.882,38, «con más los recargos o actualizaciones que resulten aplicables».
También se requirió a la Fiscalía de Estado que, oportunamente arbitre las medidas tendientes al recupero de las sumas percibidas en forma indebida.
Es que el trabajador, que se desempeñó en la Dirección de Políticas Alimentarias del Ministerio de Desarrollo Humano, según registros de la Administración, falleció. Así lo dice el decreto al plantear que «se acreditó en autos el fallecimiento del agente el día 24 de junio de 2024, mediante copia del testimonio de defunción agregado al expediente».
Fuente: Entre Ríos Ahora.