Así lo dispuso la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, a través del Boletín Oficial difundido este lunes.
Según precisaron, el organismo nacional prohibió la elaboración, el fraccionamiento y la comercialización en todo el territorio nacional de unas berenjenas y unos porotos en escabeche luego de comprobar que los productos en cuestión carecían de autorización de establecimiento y de producto, y se encontraban falsamente rotulados al consignar números de registro inexistentes. "Resultan ser, en consecuencia, productos ilegales", remarcaron desde la Anmat.
Tal como se detalla en la disposición 6299/2021, se trata del producto catalogado como: “Berenjenas en escabeche, Producto Artesanal, RNPA 23041602” y “Porotos en escabeche, Producto Artesanal, RNPA 23041652”, ambos elaborados por RNE 23002279″.
Fuente: Boletín Oficial