Temas institucionales

Partidos políticos y democracia republicana, a raíz de la intervención del PJ

El fallo de la jueza disponiendo la intervención

Entre los tantos resúmenes de la sentencia por la que la jueza federal María Romilda Servini de Cubría declaró la intervención del Partido Justicialista, hemos elegido el siguiente como apertura de la presente nota, independientemente del hecho de que al iniciar esa síntesis, califica esa decisión como con una serie de argumentos insólitos, de índole estrictamente política. Una forma que hasta debe considerarse benévola de evaluarlo, ya que no han faltado otras publicaciones que consideran los fundamentos del fallo como verdaderamente desopilantes.

Por Rocinante

Mientras tanto, ya en su presentación se destaca que los adversos resultados electorales obtenidos en los dos últimos procesos electorales (elecciones nacionales de los años 2015 y 2017), han profundizado la división interna que venía gestándose con antelación.

Para a continuación señalar que, Servini de Cubría prosigue diciendo, la derrota en los comicios presidenciales como así también el fracaso en el acto electoral para elegir gobernador en el distrito más grande del país, han provocado una crisis en la conducción partidaria difícil de superar.

Ello lleva a la sentenciante, al momento de fallar, a manifestar su preocupación por la situación del partido al expresar que las divisiones internas han creado una situación crítica insostenible que de permanecer en el tiempo, podría afectar la propia existencia del partido.

La magistrada resalta que en los últimos comicios nacionales y provinciales del año 2017, reconocidos dirigentes partidarios apoyaron candidaturas de partidos o frentes políticos de los que el Justicialismo no formó parte o directamente se han postulado como candidatos de esas agrupaciones que compitieron en el último proceso electoral contra el partido fundado por el General Perón.

En tal sentido remarca que se ha producido en los hechos una traumática escisión por el accionar de quienes aun siendo autoridades partidarias abandonaron la agrupación a su suerte, para formar nuevas estructuras que compitieron contra el Partido Justicialista, con la sola esperanza de obtener alguna ventaja electoral.

Para Servini de Cubría la justicia ya había advertido al PJ pero el partido desoyó esos avisos. Según la jueza la intervención es necesaria porque cuando la dirigencia política se aleja de las personas y transita por senderos separados a los que recorre la ciudadanía, el mandato otorgado por el pueblo se ve traicionado en su origen, al quebrantarse la misión fundamental de la acción política.

Sobre el final Servini de Cubría indica que es necesario recordar lo manifestado por el General Juan Domingo Perón, al expresar que “El peronismo anhela la unidad nacional y no la lucha”. En consecuencia, resulta razonable acoger la solicitud de Intervención Judicial, a fin de plasmar en la vida partidaria, aquella máxima que nos impone organizar republicanamente los partidos para organizar republicanamente la Nación.

Después de lo cual y al momento de expresar que tengo para con esa jueza el respeto que se merece, debo llegar a la conclusión que coincido en la mayor parte de los juicios que ella formula respecto a la situación del partido justicialista (no muy diferentes, por otra parte, a la de otros partidos políticos a los que sin embargo no ha alcanzado la intervención), pero al mismo tiempo no encuentro en el resumen transcripto ningún argumento jurídico (sobre todo referido a transgresiones de normas estatutarias o violaciones a la ley de partidos políticos o normas conexas) que justifiquen la intervención.

Una realidad que no podemos ignorar: la implosión sufrida por nuestro sistema de partidos
Aludimos de esa manera a una situación que en el caso de los partidos políticos ha llegado a su extremo, trasponiendo todo límite, pero que es apenas diferente a la que se vive en otros ámbitos de la sociedad, la que exhibe un estado de cosas que la coloca a ella toda al borde de la implosión.

Es que no otra cosa significa nuestra fragilidad institucional, el justificado descreimiento frente a la justicia, un preocupante agujero en las cuentas públicas, una inflación que no se termina de sofrenar y para no seguir en esta dolorosa enumeración señalar la presencia de la mayor de las iniquidades, que a la vez es un potencial detonante de esa implosión, cual es el hecho de que uno de cada tres argentinos vive en situación de pobreza extrema, y que a pesar de las últimas cifras estadísticas, es poco lo que se ha avanzado en afrontar con eficacia (independientemente de las dificultades casi sobrehumanas que implica el hacerlo, máxime teniendo en cuenta que en los tiempos en los que, no hace de esto mucho, contábamos con el auxilio del viento a favor se hizo poco y nada para, por lo menos, sentar las bases de una reversión de ese estado de cosas hay que tener en cuenta que en los inicios de la década del sesenta del siglo pasado, seis de cada cien argentinos lo eran).

Y mí descripción de la situación actual en el ámbito político es la de que asistimos a una implosión de nuestro sistema de partidos, es una circunstancia de una dimensión y gravedad tal, que convierte en un hecho casi anecdótico el fallo a que me he venido refiriendo, y las diversas interpretaciones que del mismo se han dado (como es el caso de ver en el fallo una maniobra del gobierno nacional, una trama de Duhalde y un montón de cosas más). Todo lo que viene a mostrar que ese verdadero desquicio en que se ha terminado convirtiendo la política entre nosotros y del que tanto nos va a costar salir da para todo.
El lugar de los partidos políticos en nuestra Constitución Nacional
Al respecto debo comenzar por señalar que nuestra Constitución de 1853 ni siquiera mencionaba a los partidos políticos, porque en puridad en ese entonces no existían realmente como tales y, cuanto más, se estaba frente a grupos de espíritu faccioso, se asistía a la presencia de las denominadas situaciones provinciales, o a la de clubes de notables.

Es por eso que pasaron años, por no decir décadas hasta que se conformaran los partidos políticos de verdad, con todos los elementos y las características de tales, a los que se los veía más allá de falencias y otros pecados, consolidados y briosos.

Independientemente de las veces que, como si fuera el mismísimo diablo, ha metido la cola a lo largo de todo este tiempo, y hasta muy poco, el partido militar.

No es por ello de extrañar que restauradas las instituciones de la Constitución, en ocasión de una reforma costosa, incompleta y hasta torpe, fruto de un deseo minúsculo y de la ausencia de resistencia ante aquél, uno de sus aciertos estuviera precisamente en dar jerarquía constitucional a nuestro sistema de partidos, ya que en el actual artículo 38 de nuestra ley fundamental se señala que “Los partidos políticos son instituciones fundamentales del sistema democrático. Su creación y el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto a esta Constitución, la que garantiza su organización y funcionamiento democrático, la representación de las minorías, la competencia para la postulación de candidatos a cargos públicos electivos, el acceso a la información pública y la difusión de sus ideas. El Estado contribuye al sostenimiento económico de sus actividades y de la capacitación de sus dirigentes. Los partidos políticos deberán dar publicidad del origen y destino de sus fondos y patrimonio.
Un vistazo a la doctrina sobre el concepto y funciones de los partidos políticos
Una de las tantas definiciones que se pueden encontrar en los textos acerca de los partidos políticos señala que se entiende por tales a entidades de interés público creadas para promover la participación de la ciudadanía en la vida democrática y a contribuir a la integración de la representación nacional; quienes los conforman comparten objetivos, intereses, visiones de la realidad, principios, valores y proyectos para ejecutar total o parcialmente en gobiernos democráticos de los países.

Se encargan de presentar candidaturas a ocupar diferentes cargos políticos. Para eso movilizan el llamado apoyo electoral. También contribuyen a organizar y orientar la labor legislativa, articulan y agregan nuevos intereses y preferencias en la ciudadanía. Es esencial para contribuir a estructurar el apoyo político a determinados programas, intereses socio-económicos y valores. Además interpretan y defienden las preferencias de los ciudadanos, forman gobiernos y establecen acuerdos políticos en el ámbito legislativo.

Por otra parte al referirse a sus objetivos se indica entre ellos:
- La socialización política y creación de opinión.

- La armonización de intereses contrapuestos.

- La formación y capacitación de dirigentes, los afiliados y simpatizantes.

- La canalización de peticiones de la población hacia los poderes.

- El reforzamiento y estabilización del sistema político.

- La estructuración del voto: ordenan la multiplicidad de opciones electorales.

- La movilización e integración social: alientan la participación política, la concurrencia a los comicios y la asistencia a actos públicos.

- La agregación de demandas: las sistematizan y priorizan. Armonizan intereses sectoriales integrándolos en un programa común.

- Fomentar la socialización política: transmiten principios, proyectos e ideas que propician el aprendizaje cívico.

- La contribución a la creación y orientación de la opinión política.

- Reclutamiento, formación y selección de potenciales líderes políticos.
Dónde estamos parados
Invito al lector a pensar cuántos de esos objetivos cumplen los lamentablemente deshilachados partidos políticos históricos en la actualidad, así como los protopartidos que se están constituyendo.

Así nos ha ido, y así todavía apenas si estamos saliendo en esa materia, mientras que más que una verdad de fe, es una convicción a la que se arriba en base a análisis serios y objetivos de sociólogos y politólogos, que resulta imposible la existencia misma de la república democrática sin la existencia de partidos políticos.

Es más, por mi parte iría más lejos, ya que se me ocurre que se puede ser más preciso, y de esa manera diría que la condición necesaria para la existencia y funcionamiento de una república democrática es un sistema plural de partidos, que reúna las condiciones necesarias para asegurar la alternancia entre ellos en el ejercicio del poder.

Es que la república democrática es incompatible no solo con el sistema de partido único, sino que también lo es con el sistema del partido dominante, según las categorizaciones de una tipología en la materia.

Sistemas que se pueden ejemplificar con el caso del régimen cubano actual en el caso de los sistemas de partido único, mientras que ejemplo de dominante lo constituye el Partido Revolucionario Institucional mejicano (PRI), un nombre que es el de un verdadero oxímoron, ya que cuando fue institucionalizada la revolución, al menos desde el punto de vista jurídico había terminado.

Mientas tanto en lo escrito precedentemente en la imbricación esencial entre democracia republicana y sistema plural de partidos, a pesar de que señale la importancia de la alternancia, se deje de lado algo que en apariencia suena a perogrullada, cual es la necesidad de que los partidos políticos que integran el sistema verdaderamente. . . lo sean.

¿Qué se quiere decir con ello? Que quienes lo integran estén conscientes que forman parte de un partido, y que como tales son nada más y nada menos que parte de un todo que los incluye.

Algo que choca con esa desmesura tantas veces presente en los partidos políticos que pretenden constituirse en la expresión del TODO, cuando nunca son más auténticos y verdaderos que cuando se sienten como una parte al servicio de ese todo.

Fuente: El Entre Ríos (Edición Impresa)