Mariano Ramón Jurado, juez de Paz de Oro Verde, resolvió rechazar la acción de amparo promovida por la Asociación “Ecoguay” y la Agrupación “Conciencia Animal" de Entre Ríos contra la municipalidad de Oro Verde, en la que solicitaban suspender la habilitación de un festival de jineteada y doma, realizado en el predio multieventos de esa localidad.
Las organizaciones denunciaban actos de crueldad contra caballos e invocaban la violación de derechos constitucionales y tratados internacionales de protección animal. También reclamaban que los equinos fueran reconocidos como “sujetos de derecho”.
El juez Jurado consideró que la demanda no logró acreditar la existencia de maltrato ni de crueldad en el evento, destacando que la actividad se encuentra regulada y autorizada por la ley provincial N.º 10.740 de Rescate, Protección y Promoción de la Cultura Tradicional Entrerriana, que establece requisitos de seguridad y control veterinario.
En la sentencia, según lo informado a El Entre Ríos, se remarcó que los animales no han sido reconocidos legalmente como personas no humanas y que la modificación de ese estatus corresponde al ámbito legislativo, no al judicial. Por estas razones, la acción fue rechazada.
Fuente: EER - SIC - STJ.