Villa Elisa

Una de las audiencias públicas deberá realizarse en un barrio

La ordenanza que da origen a las audiencias públicas, destinas a relevar necesidades e iniciativas populares, sufrió una modificación en su articulado respecto a al lugar de desarrollo, tras la sanción unánime de la ordenanza 1894 por parte del Concejo Deliberante.

“Las instancias de relevamiento serán públicas, presididas por el presidente municipal o quien él designe, y se concretará el primer y tercer martes de junio de cada año, en los lugares que el Departamento Ejecutivo habilite a tal fin, debiendo realizarse al menos una de ellas en una sede barrial”, quedó establecido.

“La convocatoria será publicada en el boletín oficial y comunicada al Concejo Deliberante y al menos a cuatro medios de comunicación locales, con una antelación no menor a una semana”, se agregó en cuanto a su difusión.

Estas instancias de participación sirven como antecedente al momento de confeccionar el proyecto de presupuesto municipal del año siguiente, teniendo dos audiencias de relevamiento durante junio y dos de devolución a lo largo de septiembre.

Fuente: El Entre Ríos (edición impresa)