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Diputada Ayelén Acosta
Diputada Ayelén Acosta
Diputada Ayelén Acosta
Debemos admitir que Ayelén Acosta (Cambiemos – Pro-Paraná) es una diputada provincial de la que nada sabíamos, por lo que hasta su misma existencia ignorábamos, hasta que en una sesión reciente de la Cámara de Diputados de la Provincia, rompió una rarísima unanimidad que esperaba se diera entre todos sus integrantes. Fue al votar diferente a sus pares que rechazaron un pedido de informes que le elevara una fiscalía judicial, en el marco de una investigación, acerca de la contratación de asistentes por parte de esos diputados.

El pedido de la fiscalía tenía que ver con una investigación que giraba en torno al comportamiento de tres empleados contratados por un diputado.
Al parecer –la información oficial no es nada explícita al respecto- en el contexto de esa causa al Ministerio Público le interesaba imponerse del contenido de aproximadamente trescientos sesenta contratos de servicio suscriptos por diversas personas - a los que en la jerga popular se la conoce como “asesores”.

A juzgar los fundamentos del rechazo, se infiere que la totalidad de los legisladores presentes en la sesión –con la sola excepción de Ayelén Acosta- reaccionaron en forma airada, de una manera que deja traslucir su ira contenida, ante lo que con argumentos de naturaleza formal, consideraban algo que guarda un no lejano parecido con un atropello. Debe reconocerse que no invocaron fuero alguno, dado lo cual resultaría injusto equiparar a nuestra legislatura, con esos “santuarios de la impunidad” en los que se ven transformados a órganos de la misma categoría en nuestro país.

Dichos fundamentos de los que transcribimos fragmentos, vienen a confirmar lo adecuado de nuestro aserto respecto al tono de ese documento. Así se puede leer en una parte de ellos, que “observamos desproporcionada la solicitud presentada, el normal funcionamiento de un Poder del Estado como es el Poder Legislativo exige un obrar con prudencia, y por las razones expresadas, entendemos que no están dadas las garantías para cumplir con la requisitoria fiscal, por no ajustarse la misma al CPPER, la Constitución Provincial, Constitución Nacional y los Tratados Internacionales con jerarquía constitucional, en el marco de un Estado Constitucional y Democrático de Derecho donde se han puesto en juego el funcionamiento de un poder del Estado y los derechos humanos del personal contratado”.

Para agregar a renglón seguido que la requisitoria es de contratos de obra o servicios originales gestados entre los años 2008 y 2018 en las oficinas donde se encontraren; los legajos administrativos referidos a cada uno de esos vínculos con sus correspondientes anexos; facturas emitidas por las personas que se individualizan en el anexo en favor de algunas de las Cámaras; resoluciones y/o decretos habilitando las contrataciones interesadas; registros de cumplimiento de contraprestación por alguna de las personas que aparecen contratados; todo tipo de registro de asistencia de las mismas… (por lo que)… desconoce la Cámara cual podría ser la oportunidad de requerir información de una dimensión que se extiende en lo temporal a 10 años y en cuanto a los sujetos pasibles de investigación, a la situación de todos los contratados de obra y servicio que hubiese tenido y tenga este cuerpo durante esa época”.

Mientras tanto en lo único que asiste razón a los legisladores es que los fiscales no han acertado al momento de fundamentar el pedido en la mención de la norma correcta – aunque se nos ocurre que no lo es cuando se apuntala el rechazo en la falta de una explicación del motivo del requerimiento, ya que mucho más lamentable que muchas de las investigaciones penales que se llevan a cabo, tuvieran que explicar a los requeridos cual es el motivo del requerimiento- ya que “los contratos, legajos, facturas, resoluciones, decretos y registros claramente no encuadran en dicha norma”.

Es por eso que el fragmento de esa fundamentación de la que cabe inferir el estado de ánimo de los legisladores frente a ese requerimiento, es en el que se da cuenta que es causa de preocupación y se constituye en un hecho de gravedad institucional que con la intempestividad observada en el obrar del Ministerio Público Fiscal, se pretenda la apertura de una investigación generalizada en relación a terceras personas que pudieron o pueden estar estar contratados por esta Cámara para desempeñarse bajo las órdenes de los señores legisladores, que sin observación ni reproche alguno en la tramitación de dicha contratación, ni en los términos de dicha relación -en este caso preparatoria- estigmatizándose de esta forma el trabajo en general de los colaboradores de este cuerpo legislativo”.

Nada mejor entonces para tranquilizar conciencias propias y ajenas, considerar que “los contratados que resulten ajenos a esta investigación, seguramente la gran mayoría de aquellos sobre los cuales se requiere documentación, resultarán damnificados por el obrar estatal criminalizándose su noble trabajo, y más allá de las acciones por daños reparativas de los mismos, sabido es que existirá un grado de perjuicio en su dignidad y honra irreparable para cualquier persona de bien”.

Dado lo cual y a mayor abundamiento se machaca con que “no resulta razonable que así fuere por lo que si se pretendiere avanzar en una investigación penal sobre situaciones de una legalidad irreprochable (¿?) como es la que goza presuntivamente la totalidad de las contrataciones en esta Cámara, hasta que se demuestre lo contrario, pues será entonces a partir de hechos delictivos concretos que sí podría investigar el Ministerio Público Fiscal que cumpliendo con las garantías del CPPER se requiera la prueba necesaria para avanzar en dicha investigación”.

Todo lo cual lleva a una sola conclusión que se expresaría en el lenguaje coloquial diciendo “no queremos que nadie se crea con derecho a hurgar acerca de la manera en que como legisladores disponemos de la plata de la Cámara, porque esa es cuestión nuestra, y nada más que nuestra y punto”.

A lo que por nuestra parte estamos tentados de añadir un “y aparte”, ya que decisiones con una fundamentación tan “abundantosa”, provocan la impresión de que en el actuar de esos cuerpos hay mucho más de opacidad, de lo poco que hay de transparencia.

De allí que nos formulemos y formulemos la pregunta que ya de entrada sabemos que no tendrá respuesta, cual es si no habría llegado la hora de efectuar una gran auditoría nacional, a los efectos que quede determinado tanto la calidad del trabajo de todo el gobierno y la calidad del gesto que ese trabajo genera, como manera de erradicar todas las formas de ineficiencia que nadie ignora que allí se dan y que tan gravosas a todos nos resultan.

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