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Hemos escuchado que la mejor cosa que puede pasarle a un porteño bonachón, es ir de vacaciones a Mar del Plata, la primera noche, después del día de arribo, al Casino, para luego salir de allí llevando en sus bolsillos una suma de dinero ganada en la ruleta, que le permita pagar su estadía y la de su familia, en ese escape veraniego. Y como si esto fuera poco, quedarse con un sobrante que le permita costear una farra grande con sus amigos, al regreso a casa.

Ignoramos si existen muchas situaciones de ese tipo, pero de lo que estamos seguros es que existen muchas personas que “van por más”. Que lo hacen acostumbradas a hacer apuestas grandes en otros ámbitos de la vida, ignorando los límites, y confiando en su buena estrella. Todo ello con una intuitiva certidumbre de que, con aquella brillando de una manera constante, les resultará posible añadir a todo lo dicho, la excitación vivificante que provoca el vivir zafando en forma repetida, de las consecuencias de dar saltitos de una forma permanente en la cornisa. Se los ve así, jugando a ese “todo o nada”, en el que dejan fluir a sus existencias ayudados por su buena presencia, y una bonhomía dicharachera.

En esa categoría se debe incluir a nuestro Amado Boudou, quien ahora parece remontarse de un golpe de un destino, al que pensaba nunca lo iba a colocar en las puertas mismas del infierno, cual lo es siempre el estar preso, sino también el hecho de sumar a esa condena judicial, la inhabilitación en forma permanente para ocupar cargos públicos.

Y de su “remontada” virtualmente del subsuelo, ha sido la primera señal el que se le permitiera marchar a cumplir su prisión en forma domiciliaria, con tobillera electrónica adosada, todo ello bajo la invocación judicialmente admitida de la existencia de la crisis sanitaria, y de los trastornos que esta circunstancia provoca en la vida de su familia.

Algo que debemos admitir que no es eso lo que en principio veamos como criticable, aunque lo resulta el hecho que el mismo beneficio le fue negado a un compinche suyo en la misma tropelía por la que él había sido condenado, a la vez que estamos convencidos que la así consignada, no es la única situación con características similares que se han dado, y las que también, curiosamente, hayan merecido tratamientos desparejos parecidos.

Cabría añadir que es, al momento de salir a la luz el “caso Ciccone”, cuando se produjo el cataclismo. Ya que hasta entonces a nuestro personaje se lo veía avanzar “surfeando” hábilmente. No otra conclusión cabe frente a la circunstancia de haber con alivio salido con su “nombre y honor” impoluto, en catorce causas penales anteriores -es lo que dicen y repetimos, dado que no nos hemos tomado el trabajo ni de repasarlas, ni de contarlas- entre las que también se encontraba una en la que fuera en un principio condenado por haber incurrido en el delito de falsedad ideológica al momento de inscribir un automóvil como bien propio en una oficina registral, y de la que pudo zafar porque en un nuevo juicio lo salvó la extinción de la acción penal generada por su prescripción, consecuencia del transcurso del tiempo.

Estamos seguros que Boudou en momento alguno ha invocado la condición de “ser hijo de Mitre” -o “de Urquiza”, como se dice en estos lares- sino que le ha bastado con darse a conocer como quien es, si ello fuera necesario, ya que esa presentación llevaba implícita la advertencia de la existencia de padrinos y madrinas con capacidad para ampararlo, en la medida de sus respectivas capacidades, hasta cierto punto al menos.

Y la otra señal de la “remontada” a la que hemos aludido, no se la encuentra en el hecho que al nombrado se lo pueda ver y escuchar dando clases de Economía Política a través de las redes sociales. Sino por la circunstancia incorrectamente definida que Boudou haya podido “acogerse a los beneficios jubilatorios”. Ya que, si bien es cierto que nuestro régimen jubilatorio está en peligro de desbarrancarse, por la infinidad de beneficios de esa índole “truchos” -algunas de ellas obtenidas por triquiñuelas, pero otras cobijadas por leyes sancionadas de una manera irresponsable- no es ese su caso.

Ya que el encuadramiento correcto de esa situación es la de “asignado mensual vitalicio”, por el hecho de encontrarse -en principio, y solo en principio- dentro de una categoría en la que por ley incluya al “al presidente, el vicepresidente de la Nación y los jueces de la Corte Suprema de la Nación”.

Fruto precisamente de esa confusión, que el flamante asignado vitalicio, vea con su habitual imperturbabilidad, como resulta apostrofado con frases como aquella que señala que “lo máximo que puede cobrar un jubilado es $113 mil, pero Boudou, exvicepresidente condenado percibirá entre $300 y $400 mil, mensuales" e infinidad de otras del mismo tenor.

Al mismo tiempo que cierta prensa de izquierda encuentre allí la oportunidad para hacer “un salpicado” más generalizado, al señalar que esta “afrenta, sin pudor por parte del gobierno que venía a atender primero a los que menos tienen”, volvió a colocar sobre la mesa -y con crudeza- el tema de las llamadas jubilaciones de privilegio de las que gozan, entre otros, los altos funcionarios de los poderes Ejecutivo y Judicial. Privilegios de los cuales no gozan, claro está, ningún trabajador, y que tienen como única justificación el pago de un retiro con la mayor opulencia para quienes se encargan de sostener un sistema general de privilegios para toda la clase capitalista (sic)”.

Es que de esa manera se yerra, creando mayor confusión e irascibilidad, ya que tanto los expresidentes y vices, como los integrantes de la Suprema Corte de Justicia, están encuadrados en un régimen especial, el cual en lo esencial está no solo explicado sino justificado, en el caso de quienes ocupen esas investiduras, moviéndose dentro de la ley y las normas morales.

Pero el caso de Boudou, si bien -en substancia- resulta claro -ningún exfuncionario de esa categoría, que haya sido condenado por un delito contra la administración pública e inhabilitado para ocupar cargos en ella, no cabe que se le otorguen o que reciba beneficios de esta naturaleza-, debe encontrársele el encuadramiento legal “formalmente” adecuado.

Es que no basta con sostener -lo que, por otra parte, es correcto- que es contra derecho pagarle esa asignación a un reo que nunca más puede ocupar un cargo público según la sentencia dictada en su contra, con el añadido en abono de esa tesis lo que dispone la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción. Convención que -corresponde destacarlo- forma parte del “plexo constitucional” nacional, luego de haber sido ratificada por nuestro país.

En tanto, el fundamento del dictamen de la Procuración General del Tesoro, notoriamente parcial y forzando los argumentos en beneficio de Boudou, se encuentra en la norma del artículo 29º de la ley 24.148 que dispone que “los beneficios de esta ley, no alcanzan a sus beneficiarios que, previo juicio político, o en su caso, previo sumario, fueren removidos por mal desempeño de sus funciones”.

Con lo que viene a querer decir que no se le puede negar a Boudou, el carácter de beneficiario de la ley, ya que no ha resultado “removido de su cargo por juicio político”.

Pero de esa manera no se advierte que en el caso concreto de Boudou, la exigencia de remoción por juicio político como forma de hacer cesar el beneficio, era de cumplimiento imposible ya que en la causa Ciccone, Boudou fue condenado el 7 de agosto de 2018 por el Tribunal Oral Federal Nº 4 de la Capital Federal por los delitos de cohecho y negociaciones incompatibles con la función pública, sentencia recaída cuando ya había terminado su mandato, y que fuera confirmada por la Cámara de Casación Penal.

Todo lo cual no quita que haya quienes tengan simpatía hacia Boudou y hasta lo admiren, tal cual estamos seguros que ocurre, aún en el caso que no lo digan en voz alta. Pero, la cuestión no pasa por allí. Y Boudou, siendo un ejemplo, no es un buen ejemplo.

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