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Evo Morales en Mëxico
Evo Morales en Mëxico
Evo Morales en Mëxico
Un salpicón histórico muy nuestro en la materia

Antes del ingreso al aspecto conceptual de tema, debe permitírseme una ojeada a todas luces ligera e incompleta, sobre el ejercicio del derecho de asilo por parte de compatriotas nuestros. Destacando, desde el vamos, que no considero su práctica como un comportamiento deshonroso.

Por Rocinante

Cabe comenzar por señalar en ese sentido, que durante el gobierno de Rosas, en la etapa previa a una Organización Nacional a la que se suponía definitiva de una manera irreversible, una gran parte de los integrantes de lo que se consideraba era nuestra potencial clase dirigente, en la que sobresalían jóvenes intelectuales, tuvo que exiliarse. También indicar que Montevideo, Santiago de Chile y Valparaíso fueron los principales destinos en los que quienes se exiliaban buscaban asilo. Así como hacer referencia al hecho que entre ellos había no solo unitarios, sino también federales caídos en desgracia, que en un momento dado tuvieron que marcharse. Y que figuras emblemáticas de esa situación fueron Sarmiento, Alberdi, Alsina, Lavalle, por efectuar una enumeración por demás incompleta, llena de injustas omisiones.

La segunda marcha masiva hacia el exilio ocurrió a partir de la Revolución del 4 de junio de 1943 (entonces no se hablaba de golpe de estado y a la que una canción de propaganda oficial en una de sus estrofas mencionaba al 4 de junio, jornada redentora de la Patria), en la que nuevamente Montevideo se convirtió en tierra de asilo una vez más, y que tuvo una reversión en su composición a partir de la Revolución del 16 de septiembre de 1955, donde fueron los peronistas quienes buscaron el camino del exilio.

Como no podía ser de otra manera en este último caso la figura emblemática en esa más acotada estampida fue la de Juan Domingo Perón, quien en su largo periplo que comienza en Asunción del Paraguay, recala después en Venezuela y Panamá, para afincare finalmente en Madrid hasta su retorno definitivo a nuestro país, manchado lamentablemente con sangre, en lo que se mostraba como un presagio de lo que iba a suceder después en el fallido recibimiento con el que se lo esperaba en Ezeiza.

Las décadas del sesenta y del setenta, hasta los inicios de la del ochenta del siglo pasado, fue otro momento de exilio masivo, con los integrantes de grupos guerrilleros o sus simpatizantes, junto a muchos otros que sin serlo, tenían motivos plausibles para temer por su vida, que buscaron refugio esta vez principalmente en Méjico, Cuba y en algunos países europeos, de ambos lados de la entonces todavía en pie Cortina de Hierro.

De donde, de lo expuesto se puede concluir con el enunciado de una constante: en todos los casos el exilio que he denominado masivo (algo que tiene que ver más que con su dimensión numérica, con su cualidad grupal) coincidió con periodos de crisis en nuestra institucionalidad o en su ausencia, traducida en un deterioro extremo del Estado de Derecho.
Una digresión que incluye otra adentro suya
Es lo que podríamos denominar como la excepción Frondizi. Es que, como se sabe, el 29 de marzo de 1962 el presidente Arturo Frondizi fue derrocado por las Fuerzas Armadas, quienes instalaron al frente de la primera magistratura al ex presidente del Senado, José María Guido, con la colaboración -que se tiene que hacer un esfuerzo para tener como bien intencionada- de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Concluían de esta manera cuatro años de gobierno signados por los condicionamientos militares.

Mientras tanto, fue en esas circunstancias que Frondizi dirigiera, dos días después del golpe militar al que se lo quiso vestir del ropaje de la mera transición institucional, una carta al presidente del Comité Nacional de la Unión Cívica Radical Intransigente (UCRI). En la misma luego de hacer referencia a la prisión de Hipólito Irigoyen, como resultas de su derrocamiento por la Revolución del 6 de septiembre de 1930, recordaba palabras suyas en las que afirmaba que “los hombres que el destino señaló para servir la causa del pueblo sufrieron siempre los peores embates. Tengo presente el suicidio de Alem, la tentativa de asesinato de Lisandro de la Torre y su posterior suicidio. A Yrigoyen se lo dejó solo...” deja constancia de su determinación irrevocable de no renunciar y de permanecer en el gobierno hasta que “me derroquen por la fuerza”.

De allí que sus palabras, seguramente hoy casi, sino del todo, olvidadas, que en su momento se escucharon como un sordo retumbe: No me suicidaré, no me iré ni cederé. Y es lo que hizo.

Por su parte la digresión dentro de la digresión está referida a palabras de Evo Morales, las que voy a reproducir, no en el tono casi vejatorio con el que circulan en las redes, sino para destacar el hecho de hasta qué punto, todos somos esclavos de nuestras palabras.

Son las contenidas en un viejo twit (es del 28 de mayo de 2016) cuyo contenido señala que “Quien se esconde o escapa es un delincuente confeso. NO es un perseguido político", en referencia al periodista Carlos Valverde, el que según se aclara, luego de revelar un escándalo por tráfico de influencias que involucraba al exmandatario y la empresaria Gabriela Zapata, se exilió en Buenos Aires.

Por nuestra parte no coincido en hacer valer esa contradicción, para considerar a Evo Morales como un delincuente confeso, por irse a vivir a México, más allá de ver en él no otra cosa que un líder social y político que ha sufrido una caída por su propio comportamiento, y que no necesariamente sea por esa circunstancia un muerto político.

En tanto, y siempre dentro de esta digresión de la digresión (que por su extensión en realidad ha dejado de serlo) la pregunta que cabe formularse no es la que nos ha venido entreteniendo acerca de si en Bolivia lo que acaba de vivirse es, o no, un golpe de estado, sino otra. Por la cual apuntamos a establecer si en realidad Evo Morales es un asilado político, o un huésped privilegiado del actual gobierno mexicano.

Todo ello sin dejar de valorar en forma positiva el hecho que a lo largo de la historia moderna Méjico ha sido siempre una tierra de asilo, donde en el pasado se dio acogida no solo a gran parte de la intelectualidad española al término de la guerra civil en su país con la caída de la República, sino donde también se refugiaron en el pasado el poeta cubano José Martí, el revolucionario soviético León Trostsky y el Sha de Irán, Reza Pahlevi, entre otros.

Pero para que cada lector pueda responder por sí mismo el interrogante planteado párrafos atrás, se hace necesario ocuparse del derecho al asilo desde un punto de vista conceptual.
Una mirada sobre el asilo político
El de asilo, considerado como un hecho que ha terminado por convertirse en un derecho, tiene dentro de nuestra tradición cristiana occidental un curioso origen, independientemente del hecho de que hay antecedentes históricos más lejanos de su existencia.

Se da así en caso que, desde casi los orígenes de la Iglesia Católica se establecen prácticas que cabría considerar como lo más importante de su legado secular, sin perjuicio de que ellas fueran inquisitoriales, y en un momento posterior institucionalizadas puedan llevar a ser vista como un lamentable antecedente de los refinamientos aberrantes presentes en prácticas en las que han incurrido y siguen incurriendo no solo los gobiernos totalitarios.

Es así como se enseña que el asilo en sagrado (del griego Sylos, "seguro") conocido también con la expresión: acogerse a sagrado, era una ley medieval por la cual cualquier perseguido por la justicia podía buscar la protección de iglesias y monasterios. Se basaba en el concepto jurídico de que cualquier oprimido por las leyes de su país podía ser protegido por otra autoridad, fuese civil o religiosa, y derivaba de la antigua costumbre de la hospitalidad.

Desde entonces se ha recorrido un largo camino, jalonado por conferencias y tratados internacionales hasta culminar en la creación por parte de las Naciones Unidas (ONU) de un ente autónomo encargado de esa temática, la oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), con la firma posterior de la Convención de Ginebra de 1951 y la sanción de la Declaración universal de los Derechos Humanos.

El nombre mismo del organismo –la referencia a los desplazados, hace referencia a las migraciones que se produjeron como consecuencia de la Segunda Guerra Mundial y se repite en los actuales destierros desde africanos y árabes hacia Europa y de centro americanos hacia los Estados Unidos y que ha inundado nuestros países sudamericanos de venezolanos, nos dice de la utilización de la expresión en un sentido más amplio cual es la de refugiados, dentro de los cuales el asilado político cabe considerarlo hasta cierto punto como un subtipo.

De donde el asilo político es el derecho que tiene una persona a no ser extraditado de un país a otro que lo requiere para juzgarle por delitos políticos. Así lo es el que se denomina derecho de asilo territorial, ya que cuando el asilo político se concede a personas que se encuentran en lugares que por las convenciones diplomáticas se consideran una extensión del territorio nacional, tales como la sede de embajadas o consulados, la residencia del embajador o los buques de guerra anclados en puertos extranjeros, se lo denomina asilo diplomático.

A la vez, y sin perjuicio del caso más generalizado del refugiado, se reconoce que también el asilo puede concederse por razones no solo políticas sino humanitarias.

Se indica también que quien lo reclama reúna como condiciones que haya abandonado el país de su nacionalidad o el país donde tenía domicilio permanente; que tenga fundados temores de persecución por motivos de raza, religión y nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social o por sus opiniones políticas y, lo que resulta obvio, que no quiera acogerse a la protección del país de su nacionalidad o residencia. En tanto quien asuma de manera concreta la condición de asilado debe abstenerse de efectuar actividades políticas de cualquier naturaleza dentro del país en que se ha asilado, ya que de otra manera pierde esa condición, y debe ajustar su conducta a las normas jurídicas de ese mismo país. (Es precisamente esa circunstancia, la que me llevó a plantear más arriba, la cuestión de si cabe asignar a Evo Morales la condición de asilado, si se tiene en cuenta que desde su misma llegada a Méjico no ha hecho otra cosa que formular declaraciones acerca de su situación y de la que vive su patria. Aunque lo dicho no significa que ese país no pueda seguirle dando protección, pero ya no en la condición de asilado).

Para concluir cabe señalar que ningún Estado está obligado a conceder asilo, así como nadie está obligado a solicitarlo, y que las convenciones internacionales niegan la posibilidad de concederlo en el caso de personas que hayan cometido delitos calificados como de lesa humanidad.
A modo de post data
Después de este repaso, lo único que me parece adecuado añadir es algo que se sabe pero que de cualquier manera no está demás recalcarlo, cual es que las condiciones para poner en marcha el proceso de asilo no son otras que la intolerancia que da paso a la injusticia, la ambición desmedida castigada, en suma la falta de respeto al otro, de cuya existencia y necesidad de erradicarla tanto se insiste en las columnas de este medio.
Fuente: El Entre Ríos Edición Impresa

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