Atención

Esta imágen puede herir
su sensibilidad

Ver foto

Compartir imagen

Agrandar imagen
Una afirmación de este tipo resulta lamentablemente la única válida frente a una decisión gubernamental que parecía apuntar en sentido contrario.

Resulta casi un lugar común la afirmación, según la cual “los derechos de cada uno terminan donde comienzan los derechos de los demás”. Un enunciado que parte del presupuesto de que “no existen derechos absolutos”; y que por eso su contenido es consecuencia de esa limitación. Es decir, lo volvemos a repetir, aunque de otra manera: que la posibilidad de su ejercicio cesa cuando avanzar más allá significaría chocar con los derechos de los demás.

Los que acabamos de mencionar son enunciados teóricos, cuyo respeto se constituye en esencial para asegurar una armoniosa convivencia. Pero que, en muchos casos –como es el de nuestro país- resultan de, cuanto menos, relativo acatamiento en la vida de tantas sociedades estatales.

Ello así, como consecuencia de un desmadre en los comportamientos; algo , que los puede llevar –por no decir lisa y llanamente que lo lleva- a un extremo de caótica anarquía provocado de esa manera por muchos de quienes las integran, circunstancia la cual, paradojalmente, puede ser potenciada por el mal hacer gubernamental.

No es este el momento de entrar en el análisis concreto de momentos y lugares en que resulta por su clara notoriedad “la ausencia de la ley” –concepto tantas veces asociado con el de “zona liberada”, pero de cualquier manera, el índice inequívoco de ese estado de cosas, se da en el caso en que la autoridad ha perdido “el dominio del espacio público”.

Algo con lo que queremos significar que se da cuando plazas y paseos, calles y rutas –para ceñirnos a lo principal- pasan a ser una “suerte de tierra de nadie” en la cual pude hacerse presente la posibilidad de que cualquiera pueda llegar a hacer lo que le de la real gana.

¿No es ese el caso de punguistas y motochorros que encuentran allí el terreno más propicio para “trabajar”? ¿No es también el caso de todo tipo de “reclamantes” –como es el que se da por la presencia allí de piquetes, sentadas y bloqueos -, con el que se impide la circulación de personas y vehículos, con el recurrente “cierre al libre tránsito” de calles y caminos?

Preguntas que ni siquiera merecen una respuesta, dada “la naturalización” de este tipo de situaciones.

Es por ello, que dentro de ese contexto, quisimos creer que resultaban alentadoras –es que para que esa “creencia” se convierta en realidad necesitamos que el comportamiento gubernamental en la materia se aplique de una manera persistente y coherente- una postura recientemente adoptada por el gobierno santafesino, con la que en apariencia se buscaría marcar un límite a los piquetes en las calles y en las rutas.

Se trata de la aplicada por el ministro de Seguridad de esa provincia, Marcelo Saín, quien ordenó recientemente a la policía de Seguridad Vial levantar “el corte” en la intersección de las arterias nacionales A012 y 18, cerca de Rosario. El mismo que era la expresión de una medida de fuerza que llevaba adelante un grupo de transportistas auto-convocados, reclamando un aumento en el monto de las tarifas que perciben por su actividad.

Acompañando la orden, Saín manifestó que "esto no significa criminalizar la protesta, pero vamos a ordenar el desalojo de los cortes de ruta que surjan de un conflicto que no fue canalizado por las vías institucionales que corresponden.” Agregando que “no se pueden reunir 10 personas en una ruta o en una esquina y cortar una ruta o una calle, cuando existen espacios del Estado y a nivel empresarial y sindical para plantear los reclamos".

Conceptos que remarcara en un twitter posterior, en el que expresaba que "en Santa Fe, no andamos con disquisiciones políticas o intelectuales”. Señalando que ante un corte de rutas, "poco importa si son rutas nacionales o provinciales. Es delito flagrante y punto. No vamos a estar discutiendo competencias para hacernos los tontos y no hacer nada".

Se habrían tratado esas aclaraciones de un supuesto mensaje implícito a la Ministra de Seguridad de la Nación Sabrina Frederic, caso escondido de una “ministra que no funciona”, a estar a palabras de la Vicepresidenta de la Nación, ya que las rutas en las que actuó la policía santafesina son nacionales. Y que, por consiguiente, frente a los hechos constatados, debería haber actuado la gendarmería.

En la misma línea, otras fuentes abonaron lo actuado señalando que ante un delito de flagrancia – como lo es un bloqueo en una vía pública- la policía puede actuar sin requerir la orden de un fiscal.

Es por todo lo hasta aquí referido que más arriba, considerábamos acertada –y hasta encomiable- la pauta referida. Es que una primera lectura limitada a la forma en que era anunciada la información, nos llevó erróneamente a creer que se trataba del establecimiento de una regla a cumplir por las fuerzas de seguridad de una manera generalizada; caracterización en la que irían incluidas tanto la coherencia como la persistencia en el actuar.

En tanto, no podemos dejar de reconocer la manera infantil que caímos en lo que resultó, a la postre, en no otra cosa que una “inocentada”.

Una posibilidad de la que se debería estar sobradamente prevenidos, de haber tenido en cuenta las “dubitaciones” consubstanciales con una forma de gobernar con la cual convivimos, que pareciera distinguirse por su delectación en avanzar sin rumbo –o de no ser así, hacerlo por uno equivocado- yendo a los tumbos, con sus marchas y contramarcas.

En tanto, a la conclusión errónea -y después necesariamente corregida- en la que en un primer momento habíamos resultado engañados, era consecuencia del hecho que entre lo profuso de los dichos formulados, se da lugar para que quede medio escondido algo que en otros ámbitos se conoce como la “letra chica” de algunos documentos.

Es que de inicio no advertimos la distinción que se efectúa en el correr de las manifestaciones aludidas, en el accionar que constituye el bloqueo de rutas, entre la circunstancia y los grupos actuantes que cuenten “con representación” (¿?) y los que actúan sin contar con ella.

Es que el contar con ese carácter “representativo”, habilitaría la violación de la pauta en el caso de miembros de un sindicato o integrantes de movimientos de piqueteros, pero no a un grupo de vecinos que efectúen el “corte de una calle” para reclamar por la falta de seguridad en su barrio.

Vendría a incurrirse así en una contradicción que se aproxima a lo absurdo, dado que un mismo comportamiento resultaría transgresor a la ley, por no decir delictual, según quien sea quien lo comete… Para decirlo de una manera más contundente: seguimos estando donde ya estábamos.

Enviá tu comentario