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Hospital San Martín
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Otra mirada sobre los mismos hechos

De un tiempo a esta parte resulta claro que por un motivo u otro los entrerrianos estamos en el candelero. Es lo que ha acontecido con un fallo, dictado en Paraná por un tribunal de alzada, al filo del fin de año que dejamos atrás.

Por el mismo, se condena al Estado provincial a indemnizar a una mujer que, luego de atendida en un hospital de esa ciudad con el objeto de practicarle un aborto terapéutico dadas sus condiciones de salud, finalmente la intervención resultó frustrada.

Es que a punto de iniciarse ese proceso, cuando la mujer embarazada ya estaba en el quirófano junto con un equipo médico que iba a realizar la intervención, el acto fue interrumpido por la irrupción en el lugar de otro médico, ajeno a la institución, quién con cajas destempladas hizo prevalecer su punto de vista contrario a la realización de la operación, que fue suspendida.

Dado lo cual lo primero que a lo largo de esta nota cabe preguntarse: ¿qué investigación y con qué resultados, se puso en marcha como consecuencia de esa situación, si es que la hubo?

Después de lo cual la mujer embarazada siguió en ese estado –ignoramos si en su casa o en el hospital- en Paraná, hasta que un mes antes del parto, y tres meses después de la fecha del aborto frustrado, fue derivada a un hospital de alta complejidad, donde a fines de diciembre dio felizmente a luz.

Cuatro meses después la madre sufrió un ACV, que la justicia ha entendido es consecuencia de no haberse en su caso interrumpido el proceso de gestación mediante el correspondiente acto médico, “ataque” que en el fallo se le atribuyó responsabilidad al Estado Provincial, por ser también provincial el hospital donde se “abortó el aborto”, y serlo los médicos “actuantes” hasta que dejaron de serlo, empleados suyos.

Como detalle tangencial, necesario para las consideraciones que siguen, debe tenerse en cuenta que la mujer protagonista de la situación expuesta, había tenido con anterioridad una sucesión abortos espontáneos, debido a lo cual se le practicó en ese momento una operación de ligadura de trompas, por lo visto fracasada a estar a lo que sucedió después, precisamente con el objeto de evitar nuevos embarazos.

Las reflexiones que siguen prescinden de toda referencia al contenido del fallo en cuestión y al abordaje de la temática del aborto, por resultar ajenas a las puntualizaciones que es nuestro propósito efectuar.

La primera de ellas, está referida al tiempo transcurrido entre el accidente cerebro vascular sufrido por la mujer- diciembre de 2011- y el dictado de la sentencia por el tribunal de alzada –diciembre de 2018- o sea siete años más tarde.

Algo que dice del andar parsimonioso de nuestro servicio de justicia – en el que se debe hacerse lugar a los abogados- y que viene a dejar en claro que la remanida frase que hace referencia al hecho cierto “que la justicia tardía no es justicia”, la que si bien ha calado hondo en la mente de la población en general y de los justiciables en particular, lamentablemente no se ha plasmado en hechos concretos de nuestra realidad.

A ello debe agregarse la mala práctica incuestionable que significa la operación de ligadura de trompas a que fue sometida la mujer que nos ocupa. Es por eso que cabe aquí una segunda pregunta, ya que sería de interés conocer si en su momento esa mala práctica quedó establecida y si dio origen a actuaciones administrativas enderezadas a establecer causas y responsabilidades, si las hubiera, en ese fracaso. Ya que consideramos que el fracaso de una intervención quirúrgica tiene que ver con la calidad de la gestión hospitalaria.

La tercera puntualización en este caso está dirigida a preguntarse cómo es posible que un médico que no pertenece a la planta de personal establecimiento hospitalario, y que como consecuencia era un extraño que no tenía ni arte ni parte en la manera como se desarrollaba su gestión, según parece hubiera irrumpido en el quirófano al momento de iniciarse la operación quirúrgica a practicarse, y por su sola presencia hacer desistir al equipo médico actuante de avanzar en el proceso que llevaban a cabo.

A su vez cabe añadir a esa pregunta, el mismo interrogante que en el punto anterior, referido a si se iniciaron actuaciones frente lo que no era otra cosa que una grave anomalía.

Debe agregarse a ello, desde una perspectiva administrativa, cuáles fueron las consecuencias que tuvo la decisión del equipo actuante de suspender un proceso ya iniciado, sometiéndose a la presión de alguien que, si bien era un colega, era una persona ajena al establecimiento y por ende no estaban obligados a seguir sus indicaciones, que más que indicaciones eran una imposición.

A lo que se agrega otra cuestión de mayor gravedad aún: por qué, estando en juego la salud de la mujer embarazada, no se insistió en realizar la operación, ya que el no haberlo hecho podría encuadrarse en el delito de abandono de persona.

Preguntas. Preguntas. Preguntas, cuyas respuestas desconocemos y que casi con seguridad nunca llegaremos a conocer. Lo que de cualquier manera para nuestro propósito es suficiente, dado lo cual no nos adentramos en la cuestión, no menor, de si la mujer embarazada había dado su consentimiento informado para el aborto que se le iba a practicar, algo cuya existencia habría sido negada por el médico “metido” y por lo visto convincente.

De cualquier manera, que hayamos tenido oportunidad de sacar a luz tantas preguntas nos está indicando que en nuestra provincia, aun en las entidades hospitalarias que prestan un servicio se excelencia se hacen presentes falencias de gestión, que pueden llegar a ver deteriorado ese estado de excelencia señalado.

Ello así en cuanto de no estar alerta frente a las falencias y ajustes que son su consecuencia, aunque muchas veces parezcan nimios, no puede bajarse la guardia ante el deterioro de un funcionamiento que debe ser como el de un buen reloj.

Algo que por otra parte nos lleva a preguntarnos sobre la calidad del servicio hospitalario que se presta en otros centros de salud que no son de ese nivel.

Concluimos refiriéndonos a lo que tiene mucho parecido con un final feliz. La madre, tratamiento de recuperación mediante, recuperó la movilidad en sus extremidades izquierdas consecuencia del accidente cerebro vascular. En cuanto al crío, lo ignoramos todo, pero sabemos aquello de falta de noticias, son buenas noticias.