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Ante la idea de legislar penalizando a quienes nieguen las desapariciones de personas durante el último gobierno militar.

En ocasión de su último periplo europeo, y durante su estada en París, nuestro presidente Fernández, en su contacto con periodistas, hizo mención al tema y de su decisión de avanzar en la materia.

Esa circunstancia nos lleva a imaginar la instalación de una “discusión bizantina” – otra más, si fuera poco con las que ya contamos- acerca del provecho que se podría sacarse de una controversia de esa naturaleza. Es que no se puede dejar de recordar, que según fuentes autorizadas coincidentes, el origen de esa expresión, se encontraría en el hecho que teólogos bizantinos –más concretamente los que vivían en Constantinopla- habrían estado enfrascados en debatir “acerca del sexo de los ángeles”.

Demostración acabada de una disputa no solo estéril sino poco oportuna, ya que la expresión “discusión bizantina” o su similar “argumento bizantino” alude a una discusión o argumento inútil, en la que cada parte nunca puede llegar a probar sus aseveraciones a la parte contraria. Ese era el caso mencionado más arriba, ya que ese era el tema sobre el que estaban discutiendo los clérigos y teólogos aludidos en circunstancias en que en plena mitad del siglo XV los turcos se encontraban en las puertas de Constantinopla, a la que por ese entonces conquistaron, acabando como consecuencia con Bizancio, lo que es mal conocido como el Imperio Romano de Oriente. Para decirlo de otra manera, que resulta más familiar, ello no significa otra cosa que “seguir bailando en la cubierta del Titanic”, cuando según un consenso generalizado en nuestra sociedad vivimos en la actualidad en un situación que algunos voceros oficiales la asimilan a la de “estar en terapia intensiva”.

Ello no quita que en la realidad se hagan presentes posturas ideológicas y comportamientos que son su consecuencia, a los cuales se los conoce generalmente como “negacionistas”.

Es más, este es un tema que ha sido y sigue siendo materia de estudios serios, por el hecho que su presencia se observa en los campos más diversos, como son los que tienen que ver con la eficacia de las vacuna, hasta el de poner en cuestión la existencia en la actualidad del cambio climático, con todas sus secuelas. Aunque en el ámbito social el corazón de esa postura, si se tiene en cuenta que el “negacionismo” de la política genocida del nazismo hitlerista, de la que fueron principales víctimas los judíos que fueran llevados a los que se conocen como “campos de exterminio” generando esa hecatombe que se conoce como el Holocausto, y cuya “negación” es una aberración condenable en la que siguen incurriendo grupos de la derecha extrema.

De allí que resulte acertada la referencia que a ellos hacen estudiosos que describen el negacionismo como “el comportamiento exhibido por individuos que eligen negar la realidad para evadir una verdad incómoda”, e inclusive en una época de cambio como la nuestra, como una manera de tratar de dar la espalda a la realidad en favor de una mentira más cómoda”.

Y lo hasta aquí mencionado pone en cuestión la necesidad, y hasta la prudencia, de que se avance en la sanción de una ley de este tipo.

Es que resulta evidente que a esta altura de una historia nuestra que se mantiene viva, más allá de la forma cabría denominar hemipléjica como se persiste en interpretarla; nadie niega la existencia de actos atroces cometidos en lo que hemos dado en llamar “los tiempos obscuros de los años setenta”, como manera de intentar el abordaje de esa época una actitud lo más objetiva posible. Ni las muertes puestas de manifiesto en desaparición de personas o de otras maneras, entre las que se encuentran los denominados “vuelos de la muerte”. Tampoco otras que se cometieron en la misma época.

Cierto es que el artículo 20 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece que: “(1) Toda propaganda a favor de la guerra estará prohibida por la ley. (2) Toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia estará prohibida por la ley”.

Pero una cosa son los “delitos del odio”, y otra distinta un “negacionismo” por lo demás en nuestro caso inexistente. Y en cuanto a “los delitos del odio”, legislar sobre ellos, y al mismo tiempo atender a la manera con que se “utiliza” una ley de este tipo, no es algo que estimemos en la actualidad prudente.

Ello no significa que neguemos la presencia del odio con una generalización y profundidad que debería causar una mayor preocupación que la que lamentablemente se observa, en nuestra sociedad.

Pero frente a ese estado de cosas lo que es necesario más que dictar y aplicar leyes punitivas, de lo que se trata es implementar programas que lleven a la comprensión generalizada que la única manera admisible de odiar, es… al mismísimo odio”. En lo que no es sino una manera de decir, ya que no existe lo que podamos designar como “odio bueno”.

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