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La Fundación Cardiológica Argentina reclama a las autoridades la reglamentación de las leyes 27.159 (ley nacional sancionada en el año 2015) y 4.077 (ley CABA sancionada en el año 2011 y promulgada en 2012) para prevenir y evitar más casos de muerte súbita en espacios públicos y privados de gran circulación de personas.

En Argentina se producen alrededor de 40.000 muertes súbitas al año y el 70% se ocasionan fuera de los hospitales - en el hogar, en el trabajo, en clubes, en los campos de juegos deportivos, en lugares públicos e incluso en la calle-. Esta situación ubica a la comunidad no-médica en la primera encargada de atender un episodio de esta naturaleza. La muerte súbita puede ocurrir a cualquier edad y puede estar relacionada, o no, con una actividad física o deportiva.

En el país existe una Ley Nacional Nº 27.159, aún sin reglamentar, que exige la instalación de DEAs en los espacios públicos y privados de acceso público de manera tal que una persona que sufra un paro cardíaco súbito reciba el tratamiento adecuado, es decir la desfibrilación. Del mismo modo, establece que “ninguna persona interviniente que haya obrado de acuerdo con las disposiciones de la presente ley, está sujeta a responsabilidad civil, penal, ni administrativas derivadas del cumplimiento de la misma”. Esto es muy importante ya que si bien en nuestro país no hay antecedente de casos en donde alguna persona haya sido condenada por intentar “solidariamente” reanimar a una víctima de paro cardíaco en la vía pública según su saber y entender; que la ley lo deje explícitamente aclarado, despeja cualquier temor que pueda surgir ante el hecho de practicar RCP siendo un lego en Medicina.

La Fundación Cardiológica Argentina acompañó la sanción de esta ley con el mismo énfasis que con la Ley de la Ciudad de Buenos Aires Nº 4.077, que establece la obligatoriedad de contar con un desfibrilador externo automático (DEA) y personal entrenado en reanimación cardiopulmonar (RCP) en lugares públicos y privados de concurrencia masiva o de alto riesgo, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

“Venimos trabajando desde hace muchos años para generar una conciencia colectiva acerca de este tema, aún hoy no muchos saben que la única forma, científicamente establecida, de salvar una vida luego de un episodio de muerte súbita es aplicando en forma rápida y eficaz maniobras de reanimación cardiopulmonar (RCP) y desfibrilación”, aseguró el Dr. Jorge Tartaglione, presidente de la Fundación Cardiológica Argentina.

Y agregó: “Al igual que otras organizaciones internacionales y nacionales, nos hemos preocupado por estudiar el diseño de programas que promuevan la importancia de contar con un plan de acción organizado que garantice no sólo la disposición física de los DEAs sino el adecuado entrenamiento del personal en maniobras de RCP, manejo de DEA y el diseño de un protocolo de acción que garantice la colocación de un desfibrilador externo automático en el pecho de la víctima dentro de los primeros minutos de ocurrido el paro cardíaco”.

Aplicar RCP y desfibrilación dentro de los 3 primeros minutos de ocurrido el evento, aumenta las posibilidades de llegar con vida a un hospital en un 79%. Pero, por cada minuto que se demora la aplicación de estas medidas, se reducen en 10% las posibilidades de continuar con vida. “Poner en funcionamiento estas leyes es prioritario. No podemos esperar a que haya más víctimas. Ya es momento de actuar”, concluyó Tartaglione.

Estamos transitando la Semana de la Lucha contra la Muerte Súbita, con el objetivo de fomentar el conocimiento y la toma de conciencia sobre esta problemática, y cuáles son las herramientas con las que contamos para su atención temprana y salvarle la vida a una persona en forma extrahospitalaria. Sería sumamente importante que las leyes y reglamentaciones acompañen este proceso.
Fuente: El Entre Ríos Edición Impresa

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