Atención

Esta imágen puede herir
su sensibilidad

Ver foto

Compartir imagen

Agrandar imagen
A los policías Marcelo José Milezzi, Ludmila Natalí Soto, Héctor Leopoldo Mori, Claudio Marcelo Monroy, Gustavo Daniel Fornerón y Neri Andrés Magallán les confirmaron la condena de ocho años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos como autores de los delitos de torturas, privación ilegítima de la libertad y vejámenes de dos jóvenes.

Se trata de un hecho tenebroso ocurrido en Rosario del Tala los días 29, 30 y 31 de marzo de 2012, cuando dos jóvenes fueron secuestrados por policías, trasladados a un descampado, sometidos a un simulacro de fusilamiento y luego, uno de ellos, torturado con una picana eléctrica. La causa siguió adelante con el impulso que le dieron Rubén Pagliotto e Iván Vernengo como patrocinantes de las víctimas.

La Cámara de Casación de Paraná, integrada por Marcela Badano, Hugo Perotti y Marcela Davite, denegó el recurso de impugnación extraordinaria y dio por cerrado el caso, según el fallo del 8 de mayo.

El último recurso que les queda a los agentes torturadores es el extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que no suele ser concedido. Se estima, entonces, que los policías serían detenidos en forma inminente para empezar a cumplir su condena.

Pablo Leoncio Segovia, entonces jefe de Investigaciones de la departamental, también fue condenado por torturas, privación ilegítima de la libertad y vejámenes por omisión funcional, pero recibió una pena de dos años de prisión condicional e inhabilitación especial por cuatro años para ejercer cargos públicos.

Durante el proceso, las víctimas adolescentes contaron que, tras las detenciones, en la sede policial recibieron golpes de puño, patadas, quemaduras de cigarrillos y terminaron la faena con el uso de una picana eléctrica. Los jóvenes fueron también llevados a un basurero en donde los obligaron a pararse como en un paredón de fusilamiento mientras los policías gatillaban sus armas.

Deuda


El gobierno provincial no ha avanzado en poner en marcha el Mecanismo Provincial de Prevención de la Tortura.

Se trata de la ley nacional 25.932 por la cual el país adoptó una postura proactiva al momento de la redacción del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de Naciones Unidas.

Ese marco legal dispone que cada Estado deba crear mecanismos nacionales independientes a fin de prevenir la tortura y solicita la adopción de mecanismos locales para los casos de los Estados federales.

Es por ello que, en el año 2012, mediante la sanción de la ley 26.827, se creó el Sistema Nacional de Prevención de la Tortura. Mediante la reglamentación de ésta norma se instruyó a las provincias a adoptar mecanismos de prevención.

En la Legislatura entrerriana existen antecedentes. En abril de 2015, el gobierno de Sergio Urribarri envió a la Legislatura un proyecto en el que disponía la creación del Comité Provincial para la Prevención de la Tortura, ámbito que estaría integrado por siete miembros profesionales y con reconocida experiencia en la promoción de los Derechos Humanos. El mismo se crearía -según la iniciativa- en la órbita de la Legislatura.

Mientras en la provincia crecen los hechos en que agentes de la Policía incurren en prácticas de tortura, los legisladores duermen la siesta eterna.
Fuente: Página Judicial

Enviá tu comentario