Atención

Esta imágen puede herir
su sensibilidad

Ver foto

Compartir imagen

Agrandar imagen
Imprenta intervenida (Crédito: Entre Ríos Ahora)
Imprenta intervenida (Crédito: Entre Ríos Ahora)
Imprenta intervenida (Crédito: Entre Ríos Ahora)
Mientras pasan los días y se acerca la audiencia de remisión a juicio por la causa de la vaca (negociaciones incompatibles con la función pública), la Justicia entrerriana decretó la inhibición de las imprentas del cuñado de Sergio Urribarri, Juan Pablo Aguilera. El objetivo que es que durante el proceso judicial no se modifique el patrimonio que está bajo investigación, por desvío de fondos públicos en dirección de familiares del poder.

Justamente este jueves las defensas presentaron los escritos que buscan contradecir la acusación de los fiscales que entienden en la causa.
Ahora, la OGA tendrá cinco días para fijar la fecha en que finalmente se realizará la audiencia de remisión a juicio. Por la apretada agenda de jueces, abogados y fiscales, hasta la concreción de esa instancia podrían pasar varias semanas y tal vez meses.

En esa audiencia, pondrán a consideración de un juez de Garantías los fundamentos por los cuales consideran que están en condiciones de llevar a juicio oral la causa, y explicitarán cuál es la prueba que pretenden producir en el debate.

En el texto de remisión a juicio, los fiscales precisan que los delitos investigados “consistieron en el direccionamiento durante 2010 a 2015, de un monto total de 24 millones 204 mil 918,69 por parte de Sergio Daniel Urribarri y Pedro Ángel Báez en contrataciones de campaña publicitaria en la vía pública a empresas vinculadas a Juan Pablo Aguilera, quien era funcionario público provincial y familiar del ex gobernador”.

“Las empresas TEP SRL y NEXT SRL -ahora inhibidas- absorbieron casi la totalidad de la publicidad en la vía pública del estado provincial, la que se otorgaba desde el Ministerio de Cultura y Comunicación a cargo de Báez de manera directa y por vía de procedimientos de excepción. También, que otras empresas vinculadas comercialmente a las referidas, como ‘J.M. Bustamante Publicidad’ y ‘Montañana Publicidad’, fueron beneficiadas con idénticos contratos y pautas publicitarias, las que -a su vez- redundaban en beneficio de las empresas de Aguilera a través de un sistema de retornos de dinero que terminaban en sus manos”, precisa el requerimiento de elevación.

Los fiscales consideraron probado además que “existe un gran número de campañas publicitarias ficticias, pues los trabajos contratados por el estado no se llevaban a cabo en las condiciones pautadas, o bien se utilizaba con fines proselitistas, pero se rendía a través de fotomontajes que pretendían acreditar su cabal cumplimiento”.

Atención

Esta imágen puede herir
su sensibilidad

Ver foto

Compartir imágen

Aguilera y su abogado, Marcos Rodríguez Allende Agrandar imagen
Aguilera y su abogado, Marcos Rodríguez Allende
En virtud de las evidencias, desde la justicia calificaron los hechos en los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, peculado y fraude a la administración pública. Consideraron a Sergio Daniel Urribarri y Pedro Ángel Báez como “autores” de los hechos y calificaron a Juan Pablo Aguilera, Corina Elizabeth Cargnel, Jesús José María Bustamante, Hugo Fernando Montañana, y Gustavo Rubén Tamay como “partícipes primarios”; y a Luciana Belén Almada, Emiliano Giacopuzzi, Alejandro José Luis Almada y Maximiliano Romeo Sena como “partícipes secundarios”.

“En función de la gravedad y reiteración de los hechos, se estimó provisoriamente como monto de pena a requerir en juicio para Sergio Daniel Urribarri, Pedro Ángel Báez y Juan Pablo Aguilera 8 años de prisión de cumplimiento efectivo e inhabilitación absoluta perpetua; para Corina Cargnel, Jesús José María Bustamante y Hugo Montañana, 6 años de prisión de cumplimiento efectivo; para Gustavo Tamay 6 años de prisión de cumplimiento efectivo e inhabilitación absoluta perpetua; para Luciana Belén Almada, Emiliano Giacopuzzi, Alejandro José Luis Almada y Maximiliano Rmeo Sena, 4 años de prisión de cumplimiento efectivo”, detallaron.

Por último, desde fiscalía requieren al juez de Garantías que “solicite a la Cámara de Diputados el desafuero de los diputados Urribarri y Báez, para permitir su juzgamiento conforme a lo previsto en el Artículo 115 de la Constitución Provincial”.
Fuente: Análisis Digital

Enviá tu comentario