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Los fiscales Patricia Yedro y Alejandro Cánepa cambiaron durante las audiencias y bajaron la pena solicitada para dos de los tres imputados en la causa que investiga el delito de peculado en el marco de la creación de la escuela pública de gestión privada Nº 235 Heraclia Ruíz Díaz bajo la órbita de la Dirección Provincial de Vialidad (DPV). En sus alegatos de apertura, los fiscales habían adelantado que pretendían siete años de prisión efectiva para Jorge Rodríguez (exdirector de la DPV), Néstor Kemerer (exdirector del área de Mantenimiento y Suministro de la DPV), mientras que para Mario Heyde (exsubdirector de la DPV) pretendían la pena de tres años de prisión condicional. Pero esto fue modificado y los fiscales solicitaron este lunes que se absuelva a Heyde y cuatro años de prisión efectiva para Rodríguez y Kemerer.

En la jornada de alegatos de parte, la defensa solicitó la absolución de los tres imputados "por no haber delito".
La acusación de fiscalía
"Hemos logrado probar los delitos. Esto es independientemente del reconocimiento expreso que realizaron los imputados. La prueba que hemos recopilado ha logrado demostrar la intervención de los imputados en los hechos", comenzó expresando Yedro ante el tribunal.

Según la teoría del caso del Ministerio Público Fiscal, las maniobras que permitieron la realización de la escuela habrían superado los cuatro millones dieciocho mil pesos que originalmente estaban destinados para gastos de la DPV y que según los fiscales "fueron sustraídos de la órbita del patrimonio público para un fin privado". Ese fin privado es la escuela en cuestión.

Los fiscales aseguran que se ocultó el financiamiento de la escuela. Yedro y Cánepa aseguraron que el pago de los salarios docentes con fondos de la DPV, el reacondicionamiento y posterior entrega a comodato del galpón donde funciona la escuela, fue encubierta por los dos acusados que "tenían cabal conocimiento del ilícito" y que el móvil de la actuación de los exfuncionarios habría sido el fomento de sus carreras políticas.

"El Tribunal de Cuentas le advirtió a la DPV que no podían crear una escuela. Rodríguez admitió que la Ley Nacional de Tránsito que autoriza a instruir la educación vial en todos los estamentos educativos. Sin embargo, cuando vamos al texto de la ley provincial que adhiere a la ley nacional, vemos que efectivamente establece que es el órgano responsable de la comprobación y aplicación de algunos artículos de la ley. De ninguno de esos artículos surge que la DPV tenga facultades para crear una escuela o un instituto educativo de ningún tipo. Tampoco surge de la ley de la creación de la DPV. No surge de ningún lado que la DPV pueda tener un establecimiento educativo", expresó Yedro.

En esa línea, agregó: "La DPV no puede tener una escuela: estudiar, proyectar, planificar y concluir obras viales, eso dice la norma. Cuando se habla de estudiar y capacitar se refiere a las obras viales y a la capacitación laboral. Además, lo llamativo es que el propio Kemerer (septiembre del 2014) le respondió al Tribunal de Cuentas, e hizo un reconocimiento expreso sobre la facultad y competencia para realizar una escuela ¿cómo se explica que él y Rodríguez hayan destinado más de cuatro millones de pesos para la creación de una escuela privada?", aseguró.

La representante del MPF, destacó: "No cabe más que concluir y entendemos que ha demostrado que el proyecto de educación de la escuela no fue el de acompañar el reclamo de los padres, sino que fue parte de un proyecto político de Kemerer y Rodríguez dentro de la estructura de la DPV y de esa manera perpetuarse en el poder. Además, de tener resonancia nacional y provincial". En este contexto, se hizo referencia a un testimonio de una integrante de la comunidad educativa que confirmó la presencia en actos políticos del gobierno nacional de turno.

Además, aseguró que "no surge del proyecto educativo original que la educación vial sea un eje transversal de la escuela" como han señalado los testigos en la causa.

En relación a la celeridad del proyecto, los fiscales aseguraron que la misma fue producto del interés de los ex funcionarios y de un vínculo de amistad entre Rodríguez y la ex titular del CGE, Graciela Bar. "Presentaron un proyecto totalmente incompleto, en el cual le faltaban más de la mitad de los items que refiere la resolución 240 del CGE. ¿Cuál era el apuro de aprobar un proyecto sin datos esenciales?", se preguntaron los fiscales.

"Si la escuela sale rápidamente es por obra de los imputados. Era una buena oportunidad para Kemerer y Rodríguez mostrarse ante sus pares como gestores de esta escuela, el mismo día que homologaron el acuerdo que establece el jardín maternal. Graciela Bar aprobó rápidamente el proyecto porque tiene un vínculo cercano a Rodríguez. Esto quedó comprobado en una nota periodística, donde ella misma manifestó: 'Con mucho gusto, mi último acto institucional, lo comparto con un amigo el ingeniero Rodríguez que tanto le da a la provincia'", agregó Yedro.

Según la tesis de la fiscalía, los dos acusados "se manejaron como dueños de la escuela". "La propia escuela lleva el nombre de la propia madre de Kemerer. Queda claro que se usaron dineros de la DPV para una institución privada", aseguró la fiscal.

"Vialidad no podía contratar maestras para una escuela privada y sin embargo no les importó, porque era más fuerte el deseo de promoverse políticamente. La creación de la escuela era una obsesión para ellos. Acá se trató de que Rodríguez y Kemerer sustrajeron dineros públicos y lo destinaron a una institución privada, a la escuela".

Agregó que "no podemos admitir como válida la afirmación de que no sabían que estaban cometiendo un delito" debido a las advertencias del Tribunal de Cuentas y CGE: "Lo sabían en febrero del 2014, lo supieron después en junio, lo supieron cuando el TdC los advirtió, sin embargo hicieron caso omiso, siguieron pagando los salarios de los docentes en 2014 y en 2015 redoblaron la apuesta y volvieron a contratar docentes en las mismas condiciones".

"Kemerer y Rodríguez se encargaron de ocultar y encubrir que el dinero de la DPV servía para pagar los salarios docentes hasta que el CGE reconoció los cargos. Todos estos gastos no pudieron ser afrontados por la institución educativa por eso la DPV asumió el pago de todos estos servicios. Es lógico que los padres tengan palabras de elogios sobre la escuela. Si analizamos la cuota original y la manera de cómo se incrementó a lo largo de los años, a la fecha cuando todos los cargos docentes están reconocidos por el CGE, cuando ha incrementado el número de alumnos, cuando existe una comisión de padres para trabajar, la cuota es de mil cien pesos", señaló.

En cuanto a la creación de la asociación civil -requisito puesto por el CGE cuando la escuela ya estaba en funcionamiento- Yedro aseguró: "A tres meses de haber comenzado las clases se les comunicó que la DPV no podía tener una institución educativa y que debían encuadrarse dentro de la resolución 240. Era una condición para la existencia de la escuela. Frente a ese panorama, Kemerer y Rodríguez deciden constituir la asociación para que sea la propietaria de la escuela. La creación de esa asociación fue una simple pantalla, fue una ficción, porque nunca cumplió con el objeto para el cual fue creada. En post de sostener esa farsa, Kemerer le hizo firmar un contrato a los docentes con una fecha en la cual no existía la asociación civil".

Agregó que "todos los asociados en la asociación civil Los Viales son personas cercanas a Rodríguez y a Kemerer" y que "la actividad de la asociación civil fue nula, nunca tuvo actividad ni participó del financiamiento de la escuela". "Kemerer y Rodríguez se pusieron al frente de la asociación civil para lograr seguir sustrayendo dinero público para la institución privada", aseguró.

Luego ahondaron en el comodato que firmó la DPV para el funcionamiento de la escuela. Se trata de un alquiler sin cobro a la escuela por el plazo de 20 años. "La obra de refacciones se comenzó a gestionar en diciembre del 2013, es decir, tiempo antes de la firma del comodato. Ese comodato constituyó un verdadero acto de disposición. Esta disposición se puede hacer siempre que fuera para el ejercicio de su función y cargo.
El acuerdo fue de 20 años, es decir, un acto de disposición gratuita", aseguró la fiscal. Sobre este punto, la defensa rebatió el carácter de "acto de disposición".

"Pero además, todo esto lo hicieron en beneficios de personas privadas, porque a esa fecha (de la firma de comodato) ni siquiera había sido solicitada la inscripción de la asociación civil.

En toda su actuación Rodríguez y Kemerer incurrieron a incompatibilidades y confundieron sus roles todo el tiempo. Lo hicieron a sabiendas y reconociendo cuales eran sus incompatibilidades. Lo hicieron a sabiendas porque Rodríguez no podía entregarse a sí mismo un inmueble, por eso lo firmó Heyde", agregó.

Según la hipótesis fiscal, la maniobra que realizaron los ex funcionarios de la DPV al pagarle a los docentes como empleados viales y no como trabajadores de la educación, implicaría un detrimento y consecuencia para los docentes: "Cuando se quieran jubilar se darán cuenta que le faltarán dos años porque eran empleados viales". Esto también fue criticado por la defensa con sus argumentos.

"La fiscalía va a mantener la acusación contra Rodríguez y Kemerer y encuadró los hechos en el delito de peculado. Queremos hacer la aclaración, la fiscalía no va a acusar a Heyde y solicitaremos su absolución. Ambos imputados determinaron un objetivo distinto a lo que refiere a la DPV, asignando fondos a la creación de una escuela privada. La escuela Heraclia Ruíz Díaz es una escuela privada, el término de 'público' refiere pura y exclusivamente al fin indelegable de la función del Estado de garantizar la educación pública".

En esa línea, Cánepa aseguró que "si Rodríguez y Kemerer querían fundar una escuela lo que debían hacer es financiarlo con su propio dinero, con la cuota o crear una estructura financiera y no utilizar fondos de la institución que manejaban y tenían plena disposición".

"Acá se invierte. Todo funcionario público es incompetente salvo para lo que está habilitado por ley para realizar. Todo aquello que no está permitido, está prohibido. La DPV no estaba habilitada en ninguna norma para realizar la escuela", aseveró Cánepa en cuanto a como se invierte el postulado constitucional de que todo lo que no está prohibido expresamente está permitido.

"Cuando se habla de sustraer no se refiere a robo para fines personales. Sino que es un delito contra la administración pública, estos bienes fueron apartados de la esfera del custodio de la administración y se lo ha destinado para un fin distinto para los cuales estaban previstos. Estos fondos debían ser controlados por los imputados", aclaró Cánepa antes de describir el pedido de la pena de los fiscales: cuatro años de prisión efectiva para Rodríguez y Kemerer, más la absolución de Heyde.
La defensa pide absolución
"La educación y el reclamo por la soberanía en las islas Malvinas son políticas de Estado", aseguró Miguel Cullen. Lo que sostiene la defensa es que bajo ningún aspecto, la creación de una escuela puede enmarcarse en un acto delictivo.

"Aquí se dijo que el financiamiento por parte de la DPV era oculto. En el proyecto institucional y educativo se asegura que la DPV era la propietaria de la escuela en sus inicios. No había nada oculto", expresó.

Luego, criticó la teoría de la fiscalía de que presuntamente "la ultrafinalidad era obtener un beneficio político mediante la publicidad". "Porque si se sostiene que la base de la acusación está en el ocultamiento en la creación de la escuela, como luego se va a sostener que se hizo ese ocultamiento para un beneficio propio que surge de la publicidad", analizó.

"Se hizo aparecer como que la defensa quiso imponer una idea alocada de que los padres pidieron la escuela. Claro que fue una iniciativa que todos acompañaron y fue llamado para la continuidad de la educación en el ámbito laboral de los empleados viales. Además, para solventar la necesidad de bancos que había en la zona. Ahí es cuando surge la necesidad de padres, compañeros de trabajo y gente que es solidaria para con la educación, no se necesita tener un chico que pueda ir a la escuela para fomentar la educación. Los padres lo ratificaron de forma personal acá, esa es la génesis de la petición de la realización de una escuela".

En relación a la celeridad de la aprobación del proyecto por parte del CGE, Cullen dijo: "No fue una situación prevista, reclamada e impulsada por la DPV. La DPV tenía pensado que iba a tener más tiempo para actuar y por eso se ven sorprendidos por la celeridad de la decisión. Pero esta decisión fue dictada porque el CGE tenía la necesidad de garantizar bancos para la educación inicial. Era una necesidad la creación de nuevas escuelas y eso lo dijo Claudia Vallori, quien representaba al CGE".

"¿Cuál era la función de ocultar? Cosa que no sucedió. Si no tienen el ocultamiento no hay conciencia de la anti juricidad. ¿Cuál es el ocultamiento? ¿La realización de contratos de la DPV, con funciones viales, para los docentes de la escuela? No es un ocultamiento porque es algo que reconocieron los imputados, los testigos, sino también por los que realizaban los contratos que eran los asesores legales ¿Cómo puede ser que Tano (auditor permanente del TdC en la DPV) reconoció aquí que pudo ingresar a cada uno de esos contratos y en el sistema a cada uno de esos empleados y en la pestaña que marcaba la actividad decía 'docente'? ¿Dónde está el ocultamiento? ¿Se puede ocultar una escuela?", se preguntó Cullen.

Según Cullen, los hechos investigados no sólo no constituyen el delito de peculado, sino que siquiera conforman delito alguno. "Aún si se entendiera que no hay competencia (para la realización de la escuela), no existe delito. No existe un principio fundamental para que exista un delito, no existe afectación. No se trata sólo del perjuicio patrimonial, pero para que el peculado exista debe existir un daño, en su caso será la administración pública. ¿Se puede sostener ha habido una lesión al bien jurídico alguno con la creación de una escuela? Estamos convencidos de que no. La creación y el fomento de la educación es un mandato constitucional irrenunciable para todos los funcionarios públicos. Para todos los estamentos, como la escuela de policía que no está dentro de las instituciones de la resolución 240".

Aseveró que "esto directamente no pasa el filtro de lesividad, no pasa el artículo 19, no puede ser constitucionalmente valido un proceso contra alguien que realizó una escuela". "Jamás la realización de ese bien común puede llegar a ser considerado delito", insistió.

En respuesta a los dichos de la fiscal Yedro sobre las consecuencias a las docentes cuando decidan jubilarse, Cullen fue contundente: "Los años que trabajaron en la escuela HRD van a tener computados en la jubilación. Eso no fue argumentado ni probado".

En cuanto al contrato de comodato, Cullen respondió: "Dijeron los fiscales que el comodato representó en la práctica un acto de disposición, pero el comodato no puede jamás representar un acto de disposición, es un préstamo de uso y no implica desapoderamiento del mismo. Es el mismo comodato que se está permitiendo que en el día de la fecha se estén dando clases en los galpones de la DPV".

"Se probó hasta el hartazgo que no fue un solo peso a la asociación civil, que los sueldos se le pagaron a cada uno de los empleados, que se le depositaba el salario a través de depósitos de la DPV, ¿cómo puede decirse que se sustrajo el dinero? No se sustrajo un solo peso", aseguró Cullen.

Afirmó que "no hay discusión sobre el apartamiento de la esfera del patrimonio público". "Si los fondos quedan dentro de lo que el Estado debía realizar, no existe peculado. No es peculado, no le demos vuelta", fustigó.

"Coincido con la fiscalía en pedir la absolución de Heyde. Heyde en realidad no debió haber estado siquiera sometido a proceso ¿Por qué si Heyde actuó sin conocer que había un hecho que se lo impedía la ley, no corre lo mismo para Rodríguez y Kemerer? ¿Cuál es la diferencia? Si el CGE, Fiscalía de Estado, el propio ministro de aquel entonces Lauritto autorizaron y fomentaron la escuela. Ni Vinagre (asesora jurídica del Tribunal de Cuentas), ni Tano, ni la titular del CGE, ni la directora de escuelas privadas, ni el ministro de educación, nadie denunció ante fiscalía la existencia del delito. Jamás nadie le dijo a Rodríguez que estaba ante la comisión de un delito, pero porque no existió nunca el delito. Los propios argumentos de la fiscalía dan por tierra la existencia de la anti juricidad por parte de Rodríguez (que no existió) porque se jactaba de la realización de una escuela", expresó.

Para finalizar, Cullen aseguró: "Entiendo que aun haciendo un análisis, cuando llegamos al punto de evaluar la comprensión de la criminalidad del acto, ese punto no va a poder ser jamás superado. Porque como bien lo dijo la fiscalía y lo sostiene esta defensa, no sólo no existe delito en la realización de una escuela, sino que es el cumplimiento de los deberes de una política de Estado. No hubo perjuicio ni tampoco hubo ningún beneficio personal de los imputados", argumentó.
Fuente: Análisis Digital

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