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Benítez, jefe de los defensores de Entre Ríos.
Benítez, jefe de los defensores de Entre Ríos.
Benítez, jefe de los defensores de Entre Ríos.
La absolución del juez Carlos Alfredo Rossi por el Jurado de Enjuiciamiento sigue dejando tela para cortar y entre tantas voces está la del defensor general de Poder Judicial de Entre Ríos, Maximiliano Benítez, quien planteó como desafío la necesidad de “minimizar los riesgos” para que no haya otra Micaela García.
Lo que se discutió en el jury
El jefe de los defensores públicos explicó que “en el jury se discutió si había responsabilidad o no por parte del juez Rossi en haberle otorgado la libertad condicional a (Sebastián) Wagner, y quedó totalmente acreditado que Wagner ya gozaba de salidas transitorias, que tenía consentimiento de las partes que integran el proceso de ejecución de la pena y lo único que hizo Rossi fue cambiar la situación jurídica, es decir, transformar esas salidas transitorias en libertad condicional”.
Pidió minimizar los riesgos
Consideró que “el jurado dictó un fallo y, más que discutir ese fallo, ahora lo que hay que hacer es minimizar los riesgos para que estas cosas no ocurran” y agregó: “Los riesgos ante estas cuestiones nunca van a desaparecer, siempre habrá un margen de riesgo, pero es obligación de los poderes públicos tratar de minimizarlos”. Planteó, en ese sentido, la necesidad de “actuar preventivamente” y resaltó que los informes técnicos que elaboran los equipos técnicos de las unidades penales o de los tribunales “no son suficientes”.

Consideró, en cambio, que “hay que hacer pericias porque tiene mucho más rigor científico. A las personas que son víctimas de este tipo de delitos, cuando son niños o adolescentes, se les hacen pericias; entonces, por qué no hacerlas con el mismo rigor científico a quien esté próximo a una salida”.

Aclaró, no obstante, que “es imposible eliminar el 100 por ciento del riesgo para que estas cosas sucedan, pero es obligación que esos riesgos sean menores”.
Rechazo a las limitaciones al juicio abreviado
En otro tramo de la entrevista, Benítez puso reparos al proyecto que propone la prohibición de la realización de juicios abreviados para delitos sexuales.

“En las provincias donde se limitado la concesión del juicio abreviado no se ha establecido con respecto a un determinado delito sino en forma genérica, conforme al monto de la pena. La Nación establece que se pueden firmar juicios abreviados con penas de hasta seis años y la provincia de Buenos Aires lo fija en quince años”, mencionó. Entendió, entonces, que “las limitaciones son en cuanto al monto de la pena, no por el tipo de delito. Santa Fe no limita el juicio abreviado pero sí requiere el consentimiento del fiscal coordinador cuando se trata de delitos con penas de hasta diez años y en los casos donde la pena supera los diez años se requiere la firma del procurador”.

Dijo que, en Entre Ríos, “no hay ningún caso en los que se haya limitado el juicio abreviado para un tipo de delito”; pero para los casos de delitos sexuales “el procurador ha reglamentado que se debe contar con el consentimiento de la víctima”.

“La Legislatura no debe limitar el juicio abreviado para un tipo de delito determinado, sino que si decidiera hacerlo debería ser conforme a la pena para un tipo de delito, pero no refiriéndose exclusivamente a los delitos contra la integridad sexual”, concluyó.
Fuente: Página Judicial.

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