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Luego de que el juez Civil y Comercial Leonardo Portela decretara la quiebra de la empresa de Gualeguaychú, los operarios creen que “es muy poco probable que se conforme una nueva cooperativa de trabajo”. Tendrían que hacerse cargo de la deuda de 100 millones de pesos.

La semana pasada, los exoperarios de la Cooperativa Tambera de Gualeguaychú (Cotagú) esperaban la determinación del Juzgado Civil y Comercial Nº 3 para poder constituirse como una nueva cooperativa. Este miércoles, luego de reunirse con integrantes del Consejo de Administración de Cotagú y de hablar con los exempleados, el magistrado tomó la decisión de decretar la quiebra. La decisión se fundó, entre otras cosas, en la imposibilidad de la cooperativa de pagar sus deudas, en el marco del concurso preventivo.

La firma de la quiebra es clave para el futuro de los operarios y para que estos puedan tramitar el fondo de desempleo, tras semanas de percibir entre 1000 y 2000 pesos.
Nueva cooperativa
Los empleados conformaron una cooperativa de trabajo que cuenta con 40 días para realizar los trámites en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (Inaes) que los homologue como cooperativa.

Sin embargo, para esto los trabajadores deberán hacerse cargo de todas las deudas contraídas por Cotagú, ya sea con el Estado –gran parte de la deuda es con AFIP–, los diferentes proveedores o los tamberos. La cifra asciende a los 100 millones de pesos aproximadamente.

“Con este panorama es muy poco probable que se conforme una cooperativa de trabajo, al menos en estas condiciones”, aseguró uno de los exoperarios, aunque no se descarta la posibilidad de que aparezca algún inversor privado interesado en la planta.
La resolución judicial

Este miércoles al mediodía, el síndico Horacio Alfredo Larrivey, contador ratificado en ese rol por el juez, se presentó en la planta de Rocamora 550. Será el encargado de realizar el relevamiento de todo lo que se encuentra en la planta, según establece la resolución judicial que lleva la firma del juez Portela.

Asimismo, ordena a la sindicatura que proceda “a la clausura de aquello que tenga que ver con su actividad, mediante mandamiento judicial que será diligenciado por intermedio del empleado con funciones de oficial de justicia del juzgado; el inventario deberá ser realizado en el término de diez (10) días, y comprenderá solo rubros generales”.

Por otro lado, la resolución sindical intima a terceros, “incluyendo a los estudios jurídico y contables que asesoran al deudor, para que entreguen al Síndico los bienes y documentación de la fallida, procediéndose a la inmediata incautación y segura posesión de los mismos con los alcances de ley”. Y fija para el 6 de diciembre de 2018 -inclusive- la fecha hasta la cual los acreedores posconcursales deben presentar sus pedidos de verificación ante el Síndico, y el 22 de febrero de 2019 para que el síndico presente sus informes individuales.
Fuente: El Día de Gualeguaychú

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