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El diputado provincial Albeerto Rotman (Cambiemos), propuso la creación de un Protocolo de Protección de Escuelas Fumigadas, a través de un proyecto de ley. La iniciativa, que también lleva las firmas de la titular de la bancada, María Alejandra Viola y otros legisladores, comprende a todo el territorio entrerriano y establece que su difusión se realizará a través del Poder Ejecutivo provincial.

"El Estado tiene la obligación de garantizar la salud de todos los habitantes y sin duda las fumigaciones en forma indiscriminada que se realizan cerca a escuelas y poblaciones rurales pueden afectar seriamente a la población tanto escolar como a los habitantes de estos pueblos", remarcó el legislador, mientras que el CGE: "Se encuentra obligado a garantizar a los alumnos el desarrollo del aprendizaje en edificios escolares que respondan a normas de seguridad y salubridad, que aseguren un adecuado servicio educativo". Al respecto, detalló: "Según el relevamiento geográfico oficial existen 1.030 escuelas rurales lo que demuestra una clara desprotección contra las fumigaciones de miles de niños y docentes que acuden a las mismas".

Según este protocolo, las actividades y gestiones que se proponen realizar en estos casos, son las que se detallan a continuación:

1°. Actuar previamente y evitar riesgo de intoxicación.

Si se advierte que se están realizando fumigaciones en las cercanías de la escuela o se advierten síntomas de intoxicación por causa probable de éstas, antes que nada realizar las siguientes acciones.

a) En caso de que haya personas (alumnos, docentes u otros) fuera de la escuela, ingresar inmediatamente a la misma para evitar contacto con las sustancias que estén dispersas en el aire.

b) Suspender inmediatamente el dictado de clases y realizar el correspondiente acto de comunicación a la Dirección Departamental de Escuela.

c) Sería óptimo que se filme, saquen fotos o se llamen a personas cercanas que puedan ver lo que sucede con fines de garantizar todo medio de registro y testimonios de los hechos.

d) En caso de sufrir algún tipo de sintomatología por parte de docentes o alumnos, acudir rápidamente al hospital o Centro de Salud más cercano e informar sobre las fumigaciones a las que estuvo expuesto.

Solicitar certificado de atención y de las indicaciones prescriptas por el médico.

e) Vaciar los tanques de agua, y solicitar imperativamente que se limpien.

f) Hacer una nota o comunicación a los padres informando la situación; en la misma solicitar el consentimiento de los padres para que se le realice a los alumnos los estudios de salud pertenecientes con el Ministerio de Salud.

g) Labrar un acta con todos estos pasos efectuados y suscriptos por el personal docente y no docente presente.

h) Tomar nota del personal docente y no docente como así también de terceros que hayan presenciado el incidente que quieran ofrecer su información sumaria (testimonio) ante una eventual acción judicial futura. Anotar los datos de contacto.

2°. Formular la denuncia ante la Policía.

a) Llamar a la policía o ir directamente a la comisaría más cercana para denunciar el hecho.

b) En caso de que la presencia policial se produzca en el momento de la fumigación solicitar que se reúnan de forma inmediata datos de la maquinaria con la cual que está llevando a cabo la fumigación, su productor, aplicador, características del lugar y agroquímicos que se aplicaron. Solicitarle a la policía que exija la exhibición por el aplicador de la receta agronómica y acta de trabajo. Se debe solicitar la verificación de la presencia de un ingeniero agrónomo presente al momento de la aplicación a fin de hacer constar dicha circunstancia en el policial. Luego concurrir a la sede policial al formalizar la denuncia.

c) En la denuncia: precisar día, hora, lugar, condiciones climáticas (ej. vientos), características del equipo (color, identificación, si es avión ver las letra en las alas), si se puede confirmar datos de la persona que realizó la fumigación, datos del dueño del campo o arrendatario donde la misma se produjo, del tipo de cultivo que se fumiga, si se ven envases de agroquímicos, características de los mismos; detallar cercanías con la escuela afectada, viviendas, establecimientos sanitarios, fuentes, reservas o reservorios de agua, colmenas, producción agroecológica, producción orgánica, ictícola, etc. Indicar si hay niños, ancianos, mujeres embarazadas, personas con discapacidad o enfermas. De igual modo, hacer constar cualquier clase de sintomatología evidenciada por los niños, personal docente y no docente. También que se percibió el olor y que el agua que se consume en la escuela es de pozo. Asimismo graficar en palabras el peligro que representa la aplicación en las cercanías de la escuela sumando al estrés que genera la situación en los niños (suspensión intempestiva de clases, impedir la salida al patio, alguna expresión o cuestión emocional que los mismos hayan reflejado al momento del hecho).

d) Al momento de requerir la presencia policial se debe agregar que dicha petición se encuentra fundamentada en el interés superior del niño, el derecho a la salud y a vivir en un ambiente sano; tales derechos se encuentran reconocidos en el Art.41 de la Constitución Nacional, la Ley General del Ambiente Nº 25.675, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley Nº 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. Finalmente denunciar que la conducta constatada puede configurar el tipo penal previsto en el Art. 55, Ley de Residuos Peligrosos Nº 24.051 y ser pasible de la sanción penal prevista en el art. 200 del Código Penal, por cuanto dicha norma castiga a quien envenenare, adulterare o contaminare de un modo peligroso para la salud el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general.

e) La denuncia debe ser acompañada con las filmaciones, fotos y cualquier otra prueba que consideren pertinente para demostrar la acusación que allí se está efectuando, certificados médicos por ejemplo. Toda documentación adjunta a la causa debe ser una copia. No entregar originales. La Policía no está autorizada a quedarse con los originales. Lo que la Policía debe hacer es verificar que la copia que se acompaña es igual al original y certificar la copia con la siguiente frase o similar: “La presente copia es fiel del original”

f) Pedir copia del acta de la denuncia.

g) Controlar en los días subsiguientes, que la Policía haya realizado la correspondiente elevación de la denuncia a la Fiscalía o un Juez y solicitar los datos del lugar donde fue remitida dicha denuncia a fin de asegurarse que se le dé a la misma el impulso correspondiente.

3°. Denuncia ante las autoridades con competencia en la materia.

Luego de formulada la denuncia policial, realizar primero la denuncia ante el Municipio, luego en El Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos y finalmente en la Secretaría de la Producción de la Provincia de Entre Ríos.
¿Quién puede realizar la denuncia?
Toda persona (física o jurídica, por ejemplo la institución escolar) que se vea afectada o tome conocimiento de tales hechos y omisiones puede efectuarla. (Artículo Nº 41 de la Constitución nacional y Ley General del Ambiente Nº 25.675). A su vez rige una legitimación extraordinaria que dispone el artículo 1 de la ley 26061 al estar en juego la salud de niños.

No olvidemos de invocar esta ley (26061) de protección a la niñez que tiene por objeto la protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en el territorio de la República Argentina, para garantizar el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de aquellos reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados internacionales en los que la Nación sea parte. El citado cuerpo normativo prescribe que los derechos en él reconocidos están asegurados por su máxima exigibilidad y sustentados en el principio del interés superior del niño; estableciendo que la omisión en la observancia de los deberes que por la presente corresponden a los órganos gubernamentales del Estado habilita a todo ciudadano a interponer las acciones administrativas y judiciales tendientes a fin de restaurar el ejercicio y goce de tales derechos, a través de medidas expeditas y eficaces.
¿Qué denunciar?
1. En primer lugar denunciar circunstanciadamente los hechos (indicando fecha, hora y lugar). Acompañar copia de la denuncia policial formulada (en caso de contar con ella).

Con esta nota se abre un expediente administrativo y se solicita al municipio, o al Ente Provincial correspondiente (quien posee el poder de policía) tome intervención a fin de hacer cumplir las normas ambientales, resguardar la salud de la comunidad escolar y prevenir/recomponer la posible contaminación agua, suelo, aire.

2. Solicitar en la presentación al Municipio o al Ente Provincial, que en el expediente administrativo se identifique catastralmente el campo, los datos del productor, aplicador y asesor técnico, constancia de los registros, equipos, recetas agronómicas, actas de trabajo, del lugar donde se guarda la maquinaria, recorrido que realiza y dónde se lava, lugar de disposición de los envases.

3. Solicitar por nota separada en la Dirección de Catastro del municipio donde se informe los datos del campo fumigado (y de todos los campos lindantes).

4. Denunciar y solicitar la intervención del Ministerio de Salud provincial a fin de que realicen análisis de suelo, atmosfera y de agua.

5. Llamar dentro de las 24hs de producida la fumigación al Ministerio de la Producción poniendo en conocimiento la denuncia realizada y solicitar que se perite sobre el predio de la escuela afectada y que recabe todos los datos pertinentes (propietario del predio, productos aplicados, confección de receta agronómica, acta de trabajo, Ingeniero Agrónomo que intervino, si la maquina está inscripta).

4°. Denunciar ante el Consejo General de Educación.

Luego de formuladas las denuncias sin perjuicio de la comunicación inmediata realizada a la Dirección Departamental de Escuelas apenas ordenada la suspensión de las clases, , realizar una presentación ante dicha autoridad adjuntando todas las actuaciones realizadas en los primeros tres puntos.

5°. Comunicar a la Aseguradora de Riesgo de Trabajo (ART)

Comunicar a la (ART) para que tome intervención y asistencia del personal docente y no docente de la escuela. (La ley ampara la salud de los docentes y es obligación ineludible de las autoridades escolares que en caso de que un establecimiento educativo sea afectado una fumigación en horario escolar, denunciar esa circunstancia ante la ART.).

Recomendar al personal afectado exigir a la ART que realice estudios de sangre (para analizar la presencia de agro-tóxicos) y estudios de mucosa bucal (para analizar aberración cromosómica y micro núcleos, a fin de detectar daño genético).
Fundamentos
Al fundamentar este proyecto, Rotman sostuvo: "Este Protocolo de actuación y denuncia ante un caso de fumigación con agro-tóxicos en las adyacencias de una escuela en el ámbito de la provincia de Entre Ríos, es una guía con pasos concretos de como las autoridades de los establecimientos educativos deben actuar ante los efectos de resguardar las pruebas y documentar el caso debidamente con vistas a visibilizar una problemática que es ignorada por el estado o bien formular una presentación administrativa o judicial".

"Está fundamentado en el Artículo Nº 41 de nuestra Constitución Nacional que expresa que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las generaciones futuras, y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambiental".

"En primer lugar debemos saber que el estado tiene la obligación de garantizar la salud de todos los habitantes y sin duda las fumigaciones en forma indiscriminada que se realizan cerca a escuelas y poblaciones rurales pueden afectar seriamente a la población tanto escolar como a los habitantes de estos pueblos", añadió. Y acotó: "Por su parte el Consejo General de educación(CGE) se encuentra obligado a garantizar a los alumnos el desarrollo del aprendizaje en edificios escolares que respondan a normas de seguridad y salubridad, que aseguren un adecuado servicio educativo (art. 133 inc.j de la ley 9890)". Asimismo, detalló: "Según el relevamiento geográfico oficial existen 1.030 escuelas rurales lo que demuestra una clara desprotección contra las fumigaciones de miles de niños y docentes que acuden a las mismas".

"Durante los periodos de estas fumigaciones, proliferan las denuncias de las escuela rurales, que generalmente no prosperan. Esto marca la ausencia total del Estado en la protección de estos niños, alterando la ecuación que está plasmada en diversas leyes y en nuestra Carta Magna donde se debe 'dar prioridad a la salud Pública sobre cualquier forma o concepción económica productiva' teniendo además, en cuenta que 'no hay daño ambiental inocuo o completamente reparable, y que el Estado debe prevenir la producción de los riegos con anticipación, ya que la función resarcitoria en estos casos es tardía y disfuncional' (Dr. Oscar Benedetto. Cámara ll Sala ll. Acción de Amparo Nº 10.711). La provincia de Entre Ríos carece de un protocolo con la finalidad de proteger a esta población escolar de escuelas rurales, éste pretende ocupar este vacío legal, en forma práctica y funcional que tiene como fin la protección de la tan sacrificada población escolar rural", concluyó el diputado Rotman.
Fuente: Análisis Digital

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