La justicia entrerriana condenó al cura que cumplió tareas en el Seminario de Paraná, por los abusos y corrupción de al menos siete víctimas menores de edad y el todavía sacerdote se encuentra cumpliendo la prisión domiciliaria en el departamento de su hermano en calle Corrientes de Paraná.
Logró el beneficio de ir a ese lugar antes que la cárcel, porque no afectó el proceso investigativo previo a la condena y se le colocó el mecanismo de control de tobillera electrónica, pero la semana pasada se denunció un inconveniente que fue judicializado.
En el sistema de control y monitoreo que posee el Servicio Penitenciario Provincial, se detectó la emergencia y alarma con el condenado Ilarraz. Según se informó desde la Justicia, que el personal penitenciario de inmediato llamó al 911 y en menos de dos minutos se llegó al edificio de calle Corrientes.
A esa altura de los acontecimientos, se había dado la alarma porque el cura -aparentemente- había salido del departamento o al menos estaba fuera del alcance del control de monitoreo. Personal policial llegó hasta el departamento y comprobó que Ilarraz se encontraba dentro, con la tobillera colocada como correspondía.
Finalmente se supo que el departamento, es bastante amplio, por lo que se acordó con el cura que solo podría recorrerlo en un determinado sector interno, habida cuenta que el alcance del control del radio no cubría toda la superficie.
Se le había indicado que no tenía necesidad de ingresar al dormitorio de su hermano ubicado en la otra parte del departamento.
Se ve que olvidó la recomendación y se trasladó a esa parte del inmueble, y al no tener cobertura del sistema de control, se activó la emergencia.
El cura dijo que había acudido al restante baño del departamento solo por una urgencia, en vez de ingresar al que cuenta al lado de su habitación.
Más allá del incidente, se pudo establecer que los mecanismos de control funcionaron a la perfección y que en menos de 120 segundos se logró confirmar que era lo que estaba sucediendo. Además, se le recordó nuevamente al condenado, que no debe ingresar a esa parte extrema del departamento, y mucho menos traspasar el marco de la puerta o las ventanas del lugar.