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Este lunes, en los Tribunales de Gualeguaychú, la Justicia entrerriana comenzará a juzgar al conocido abogado Gustavo Rivas, acusado por haberse valido, durante más de 40 años, de una posición dominante y de poder frente a menores para saciar su apetito sexual.

El Ministerio Público Fiscal inició de oficio la investigación, luego de que la Revista Análisis publicara el 27 de julio de 2017 una investigación periodística en la que se denunció este perverso accionar contra menores y derribó cuatro décadas de impunidad.

En total se presentaron 12 víctimas y están convocados más de 100 testigos (la mayoría por Fiscalía y la querella y aproximadamente otros 20 por la defensa). "Gualeguaychú sabe que ya no hay más espacio social para la impunidad, porque está frente a hechos repudiables ejercidos desde una posición dominante y de poder contra menores indefensos, en pleno aprendizaje y desarrollo. Una niñez y adolescencia desprotegida, hoy llegó a la adultez y reclama lo que se le negó en su desarrollo: Justicia", expresó el periodista Nahuel Maciel, para Análisis Digital.

El Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguaychú e Islas del Ibicuy se constituirá desde las 8 para abocarse a la causa caratulada “Rivas Gustavo/ promoción a la corrupción de un menor, promoción a la prostitución de un menor de 18 años de edad reiterada”, cuya Investigación Penal Preparatoria (IPP) estuvo a cargo de la fiscal Martina Cedrés.

Las audiencias comenzarán este lunes 1 de abril y continuarán el 3, 4, 8, 9, 10, 15, 16, 17, 22, 23 y 24 de este mes; aunque desde el área de Prensa y Comunicación del Superior Tribunal de Justicia (STJ) se aclaró que “el cronograma dependerá de la dinámica del juicio y al final de cada audiencia se informará sobre lo ocurrido”.

El Tribunal está integrado por Alicia Vivian, Arturo Exequiel Dumón y Mauricio Derudi; mientras que el Ministerio Público Fiscal estará representado por los fiscales Lisandro Beherán (en su carácter de coordinador general) y Martina Cedrés; la querella será ejercida por los abogados Alfredo Vitale y Estela Esnaola; en tanto que la defensa de Rivas la lleva adelante el abogado Raúl Eduardo Jurado.

El 22 de agosto del año pasado –luego de 13 meses de investigación- la fiscal Cedrés elevó la solicitud de juicio al juez de Garantías y Transición N° 1 Tobías Podestá, aportando 12 denuncias, más de 100 testigos, una voluminosa prueba documental e incluso más de 200 fotografías, diapositivas y material fílmico que estaban en poder de Rivas y que exhiben las imágenes explícitas de lo denunciado.

Doce víctimas se han presentado a realizar su denuncia, todas bajo identidad reservada (excepto la de Martín Daneri, que ofreció su testimonio de manera pública).
La acusación
Luego que la investigación de la Revista Análisis derrumbó 40 años de impunidad, la Fiscalía inició de oficio el legajo por el cual imputó al abogado, historiador y político Gustavo Rivas de 12 hechos vinculados con la corrupción y prostitución de menores de edad, de acuerdo a lo normado en los Artículos 125° y 125° bis del Código Penal.

Los hechos por los que se acusa a Rivas abarcan un espectro temporal por lo menos desde 1977 hasta 2011, de acuerdo a la última denuncia registrada en sede del Ministerio Público Fiscal.

En esas denuncias se da cuenta que Rivas ha promovido la corrupción y prostitución de menores de edad, a través de encuentros íntimos que se realizaban en su vivienda particular de calle Mitre 7, pero también hay relatos que ubican otros domicilios pertenecientes al imputado como la casona de calle Urquiza 541 y una finca en Pueblo General Belgrano.

En otro lugar donde ocurrieron los hechos –de acuerdo a las denuncias- ubican también el interior de una embarcación que Rivas tenía amarrada en la zona ribereña de Gualeguaychú.

Como todas las víctimas eran menores de edad –la gran mayoría entre 14 y 15 años, aunque también hubo otras de 17 años- y teniendo en cuenta que Rivas era adulto, ejercía la docencia y era de profesión abogado, está claro que el imputado se aprovechaba de la clara situación de asimetría o relación desigual de poder para someter a sus víctimas.

En este marco, es oportuno recordar que Rivas es un abogado reconocido en Gualeguaychú e incluso llegó a ser presidente de la seccional del Colegio de Abogados de esa jurisdicción. Además, fue profesor en distintos establecimientos educativos; entre ellos, el Instituto Agrotécnico, el Colegio Nacional Luis Clavarino, e incluso también formaba parte del cuerpo de profesores de la Universidad de Concepción del Uruguay (UCU). Eso no es todo, Rivas fue concejal en el Concejo Deliberante de Gualeguaychú durante el período 1991-1995, cargo al que llegó a través del partido “Unión Vecinal Gualeguaychú” y fue candidato a gobernador por la Unión del Centro Democrático (Ucede).

Pero la influencia de Rivas no gravitaba solamente en los espacios políticos, educativos e institucionales, sino que también se derramaba en entidades deportivas, sociales y culturales. Fue dirigente del Club Neptunia de Gualeguaychú, llegando a ocupar la presidencia en esa institución y directivo de la “Comisión de Carrozas Estudiantiles”. Es decir, ostentaba una posición que lo ubicaba en una evidente situación de ventaja y poder frente a los menores de edad, para lograr satisfacer sus instintos con adolescentes que estaban en plena etapa de desarrollo y aprendizaje.

Las víctimas de Rivas oscilaban en edades entre 14 y 15 años, aunque se registraron casos de menores de hasta 17 años. Volviendo a las coordenadas del tiempo (1977 hasta 2011), se destacan algunos durante la década del 70, pero también existen varios denunciantes que expresan haber sido víctimas de Rivas durante los años ´90 (la mayoría de ellos) e incluso algunos refieren hechos después del 2000 hasta llegar así a los 2010 y 2011 inclusive.
El juicio
El juicio que comenzará este lunes, continuará con audiencias los días 3, 4, 8, 9, 10, 15, 16, 17, 22, 23 y 24 de este mes.

Se sabe que más de 100 testigos fueron convocados y en el inicio de las audiencias declarará Daniel Enz, autor de la investigación periodística y dependiendo del tiempo de este lunes, tal vez sean convocados algunos funcionarios policiales que estuvieron en el procedimiento de allanamiento y requisa domiciliaria realizada el 27 de julio de 2017 en la casa de Rivas.

De los más de 100 testigos, aproximadamente 80 son ofrecidos por la Fiscalía. Y poco más de 20 fueron convocados por la defensa, entre ellos dirigentes de instituciones de Gualeguaychú, responsables de tutelares de menores, autoridades educativas, religiosas, y de distintos clubes deportivos y sociales.

También se expondrán en el juicio variados informes documentales de instituciones que señalan a Rivas como dirigente o participante de muchas entidades de bien público; más una veintena de informes periciales realizados por expertos en salud mental (esencialmente las pericias realizadas a los denunciantes y al propio Rivas).

En cuanto a pruebas materiales, se aportará –como se anticipó párrafos arriba- una voluminosa carpeta conteniendo una gran cantidad de fotografías (más de 200) de menores de edad en situación acorde a lo que fuera denunciado por ellos mismos, además de videos en los que también se aprecian situaciones de clara índole sexual que comprueban los hechos denunciados.

Y como prueba ilustrativa, se cuenta con las inspecciones policiales y judiciales que se relevaron en los lugares donde se realizaban los hechos imputados, además de otros secuestros de elementos relacionados con las denuncias, todos reveladores del interior de tales lugares.

Por su parte, la defensa de Rivas aconsejó que se refugiara en su derecho constitucional de no declarar durante la etapa de la Investigación Penal Preparatoria; y hasta el momento no ha planteado cuestiones relacionadas con la prescripción de los hechos.

La prescripción es un dispositivo regulado por los Artículos 59° y 62° del Código Penal de la Nación, que permite la extinción de la acción penal (poder de investigar y juzgar que tiene el Estado), que establece un límite máximo de 12 años que comienzan a transcurrir desde que la conducta es realizada.

La postura pública del Ministerio Público Fiscal es de oposición al avance de la figura de la prescripción, en la idea de que por las características de este tipo de delitos, los mismos deben ser juzgados hasta sus últimas consecuencias sin importar el paso del tiempo, máxime cuando ello se justifica en la desigual situación de poder en que se encuentran victimarios y víctimas, lo que genera que éstos últimos se vean imposibilitados o con grandes dificultades de romper con el silencio, y efectuar la denuncia ante la autoridad encargada de la investigación, en este caso, la Fiscalía.

El Ministerio Público Fiscal ya adelantó que pedirá una pena de 25 años de cárcel, ya que esa es la cuantía de pena que establecía la Ley Penal al momento de que fueron realizados los hechos denunciados (la ley aplicable no es la del momento de la denuncia, sino la del momento de ocurrencia de los hechos).

Hasta la publicación de la Revista Análisis, el nombre de Gustavo Rivas se pronunciaba con un reconocimiento casi reverencial, a pesar que gran parte de la sociedad no ignoraba la otra vida “del doctor”: esa que lo convirtió en un corruptor de menores serial, con una actuación que implicó la afectación en el desarrollo sexual de varias generaciones durante casi cuatro décadas.

Al principio, las víctimas eran elegidas entre los hijos de las familias que lo consideraban un amigo y lo sentaban en su mesa invitado a cenar. Luego fueron los compañeros de esas primeras víctimas y años más tarde, ya sin límites y con absoluta impunidad, abarcó a menores niños de todas las condiciones sociales y extracciones (varios de ellos tutelados por organismos del Estado).

Rivas llega a esta audiencia sabiendo que las denuncias de las víctimas, las declaraciones de los testigos, pero también las pruebas fotográficas, las diapositivas y las filmaciones como las conversaciones vía internet o chat y otros elementos secuestrados tienen una contundencia, que seguramente no admitirá otra sentencia que la condena.

En los inicios de la causa, su defensa públicamente admitió “que para el amor no hay edad” (Jurado); que a los menores “no le pedía el documento” o en todo caso “habría que sacar las cuentas de los años” (Rivas); y en otras ocasiones hasta con amenazas indirectas sabiendo que muchos funcionarios de la Justicia local solían convocar a Rivas para animar las fiestas de colegas y magistrados.

El fiscal coordinador general de la jurisdicción, Lisandro Beherán, explicó en su momento que se está frente “a un delito de peligro porque más allá del acto en sí, el riesgo que implica para la personalidad del menor no requiere el resultado, no requiere que el menor luego se dedique a ejercer la prostitución. Con que la conducta sea idónea para que el menor luego lo haga asiduamente ya configura el hecho delictivo. Por eso es promoción: es promocionar o facilitar la prostitución de menores”.

En ese marco, reveló que todas las víctimas “en su momento eran menores de edad en distintas épocas de tiempo y que de acuerdo a sus declaraciones podrían haber visto menoscabada su integridad sexual. Y luego aparecen testigos que aportan distintos datos a la investigación corroborando –en mayor o menor grado- los hechos cometidos en perjuicio de las víctimas”.

Al momento de solicitar la elevación a juicio, desde el Ministerio Público Fiscal se explicó que “todos los meses recibimos nuevas denuncias contra Rivas. Y así no íbamos a terminar nunca. Hemos decidido cerrar esta investigación, presentar su elevación a juicio y si llegan nuevas denuncias, abriremos otro legajo”.
Fuente: Análisis Digital

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