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La coordinadora Basta es Basta, que nuclea a distintas organizaciones militantes contra el uso de agrotóxicos, celebró el fallo de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos, a través del cual se anuló el decreto de Bordet y se dejó en vigencia la prohibición dispuesta por la Justicia a fumigar en inmediaciones de escuelas rurales. La Sala Penal del STJ resolvió declarar nulo el decreto Nº4407/18 mediante el cual el gobierno de Gustavo Bordet pretendía llenar el vacío legal a la hora de regular el uso de los venenos para la producción agropecuaria. De este modo, quedó vigente la prohibición de fumigar a tres mil metros vía aérea y mil metros vía terrestre de escuelas rurales. Esta decisión del máximo órgano judicial fue bien recibida por quienes integran la coordinadora Basta es Basta. “Es nulo el decreto que permite fumigar cerca de las escuelas rurales, sentenció el STJ de Entre Ríos. Teléfono para el gobernador Gustavo Bordet y para el Presidente de la Nación, Mauricio Macri, quien también opinó sin fundamento a favor de las empresas de agroquímicos”, expresó en un documento la coordinadora que tiene en sus filas al gremio docente Agmer y el Foro Ecologista.

Fueron estas dos organizaciones intermedias las que, justamente, presentaron el amparo que originó la restricción. Cabe recordar que tras varios casos de productores fumigando sobre escuelas rurales, el gremio docente y el Foro Ecologista resolvieron presentar un amparo que proteja el interés superior del niño. El expediente que se inició con ese amparo tuvo varios capítulos favorables para los integrantes de la coordinadora, que fueron superando las apelaciones dispuestas por el gobierno provincial.
Qué dijeron desde la coordinadora
En el comunicado, la coordinadora citó el fallo de la Sala Penal. “No se requiere, como sugiere la defensa estadual, que exista un perjudicado concreto, justamente por el cambio de paradigma que el derecho ambiental supone, que busca prevenir el daño de la salud de las personas”.

El fallo expresó, además, que “no debía el Foro Ecologista demostrar que las distancias dispuestas en el Decreto son perjudiciales para la salud (mucho menos esperar que exista un perjudicado concreto como sugiere la defensa), sino que, puesto ello en duda, el Estado debía poner a disposición los documentos que revelaran qué tipo de intervención tuvieron el Ministerio de Salud a través de la Dirección de Epidemiología y la Secretaría de Ambiente del Ministerio de Producción de la Provincia de Entre Ríos, y/o ‘qué estudios científicos y académicos’ avalan las distancias fijadas en el decreto”.

"El escenario del cual debe partirse, desde el dictado de la sentencia anterior, es el de la falta de certeza respecto de las medidas adecuadas que deben tomarse para garantizar la inocuidad de la actividad fumigatoria con agrotóxicos, sin que el Estado haya podido acreditar con los expedientes arrimados que las distancias dispuestas en el decreto garantizan los efectos preventivos para la salud de alumnado y personal que asiste a los colegios rurales, como lo exige el fallo que está obligado a cumplir”, se amplió.

En esa línea, desde Basta es Basta aseguraron: “El fallo del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos es muy insistente respecto a que el Decreto n° 4407/ 2018 del Gobierno provincial nunca demostró mediante ningún tipo de estudio ni dictamen oficial de ninguna entidad que reducir las distancias de fumigaciones de las escuelas rurales era inocuo para la salud de las y los entrerrianos”.

En el comunicado criticaron, además, el rol adoptado por el gobierno de Gustavo Bordet: “El Poder Ejecutivo de la Provincia de Entre Ríos que debe asegurar medidas expeditivas y eficaces para garantizar el cumplimiento de los derechos de los niños, apela en su contra, a favor de la agroindustria en base a químicos tóxicos”.

“Las víctimas no tienen que demostrar que los agrotóxicos envenenan, el Estado debe demostrar lo contrario ya que autoriza su uso”, concluyeron.
Fuente: Análisis Digital

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