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La Cámara Contencioso Administrativo N°2 de Concepción del Uruguay, resolvió ayer, el dictado de una medida precautelar. La misma fue dispuesta en el marco de un expediente incidental cuyo objeto era la suspensión de la aplicación de 25 días de arresto al agente de la policía de Entre Ríos, Sergio Ramón Enriquez.

Esta medida tiene lugar luego de que se plantee la inconstitucionalidad de que la Policía de Entre Ríos, que depende del Poder Ejecutivo, tenga la atribución de dictar sentencia de prisión dentro de la misma fuerza. La resolución judicial fue adoptada al efecto de poder dar efectivo tratamiento al planteo de fondo; la suspensión de la medida de la institución policial y evitar que la misma se concrete antes de que la Cámara se expida. Esto se debe a que el organismo judicial está obligado a correr vistas y traslados con lazos y procedimientos de ley que estiran en tiempo la posibilidad de resolver sobre el planteo suspensivo en forma inmediata.

De tal manera, la Cámara resolvió disponer una precautelar suspendiendo temporalmente la ejecución de la medida dispuesta por la Policía hasta tanto se decida si procede o no a la suspensión de la misma durante la tramitación del proceso principal.

Es importante destacar que la sentencia tendrá vigencia hasta tanto se finalice el juicio Contencioso Administrativo tendiente a verificar la legalidad de la medida policial.

Asimismo se corrió vista al Estado provincial por el término de 5 días notificando al fiscal de Estado y comunicar la medida al Jefe de la Policía de la Provincia de Entre Ríos.

La sentencia judicial lleva las firmas de los Vocales Federico Lacava y Mariano López con la abstención de su presidenta María Fernanda Erramuspe.
El dictamen completo
Fuente: SIC Poder Judicial

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