Atención

Esta imágen puede herir
su sensibilidad

Ver foto

Compartir imagen

Agrandar imagen
Este jueves, en la 14 sesión ordinaria de 2020, los representantes de los diferentes bloques del Concejo Deliberante aprobaron, de manera unánime, el proyecto de ordenanza que permite multar a las personas que circulen en la vía pública sin el tapabocas obligatorio.

“La ordenanza que más trascendencia tuvo fue sobre la sanción con respecto al uso de barbijo y también en relación a las reuniones sociales, deportivas y eventos, que en los últimos días tuvimos inconvenientes”, comentó el presidente del Concejo Deliberante, Daniel Cedro, tras la sesión. Se refiere al expediente 24.681, sobre sanciones por incumplimiento de la ordenanza 37.115, de uso de elenemtos de protección personal, que fue enviado por el Poder Ejecutivo. La norma aprobada establece que habrá sanciones para quienes no cumplan con el uso de elementos de protección, con multas que irán de 1 (900 pesos aproximadamente) a 10 juristas, según el acuerdo al nivel de reincidencia, exposición o responsabilidad ante la pandemia. También establece pasos a seguir con las infracciones en las reuniones sociales, con multas de 20 a 400 juristas, según la cantidad de personas que asistieran, el nivel de reincidencia, horarios, ruidos molestos, disposiciones incumplidas y gastos.

Sobre la propuesta aprobada, el presidente del Concejo Deliberante dijo que "no tiene un fin recaudatorio", sino que "llama a la conciencia y la responsabilidad social, porque cuando se planteó el uso obligatorio del barbijo no se pensó en aplicar sanciones, sino que fue pensando fundamentalmente en el compromiso social”.

De esta manera, se estableció que “las primeras sanciones podrán ser compensadas con insumos sanitarios, con la idea que sea una sanción educativa”.
Fuente: El Entre Ríos Diario Rio Uruguay

Enviá tu comentario