Si bien decidieron no volver a una fase anterior, establecieron una serie de medidas de restricción horaria de circulación y de cierre de comercios.
Según establece el decreto 1182 /2020 en su artículo 1 “a partir del día 13 de noviembre de 2020 desde las 00 y hasta las 24 horas del día 26 de noviembre de 2020, un horario excepcional de funcionamiento de las actividades habilitadas en la ciudad de Concordia en el marco de la pandemia”.
En el resto de los artículos, especifican qué sucederá con los comercios de venta de alimentos, los locales gastronómicos, kioscos, entidades financieras, agencias de quiniela, centros comerciales y galerías, peluquerías, cementerios, lugares de recreación, centros deportivos y actividades religiosas. En todos los casos, desde la intendencia dispusieron distintos horarios para la apertura y cierre.
Además, detallan qué sucederá con los espacios públicos de esparcimiento y qué pasará en caso de que existan incumplimientos.