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Exterior del lugar donde fue el juicio por jurado.
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El jurado popular halló culpables a dos hombres por los delitos de “promoción de la corrupción agravada y abuso sexual agravado”. La audiencia de cesura será el 15 de octubre y la lectura de la sentencia de la condena que deberán cumplir será el 22 de octubre.

Así quedó establecido este miércoles al término del juicio que se desarrolló desde el viernes pasado, en el Salón de la Caja Municipal de Jubilaciones de Gualeguaychú, y que estuvo presidido por el juez Mauricio Derudi.

El jurado popular halló culpable a C.O.E del delito de "promoción de la corrupción de una menor de edad doblemente agravada por la utilización de amenazas …", conforme el requerimiento de la acusación.

También lo halló culpable del delito de "abuso sexual con acceso carnal reiterado doblemente agravado por tener conocimiento el autor de ser portador de una enfermedad de transmisión sexual grave y haber existido peligro de contagio y por haber sido cometido por dos o más personas".

Por otro lado, el Jurado encontró culpable a C.B.D.N por promoción de la corrupción de una menor de edad doblemente agravada por la utilización de amenazas … y por el delito de "abuso sexual con acceso carnal reiterado agravado por haber sido cometido por dos o más personas".
El magistrado dictó prisión preventiva domiciliaria, hasta la fecha de la audiencia de cesura, para C.B.D.N (quien era menor de edad al cometer el delito) mientras que C.O.E continuará con prisión preventiva.

Al momento de fijar las penas, al menor involucrado en el juicio se le dicta auto de responsabilidad y luego integrará la sentencia el juez de Menores.

Durante el juicio, por el Ministerio Público Fiscal, actuó el fiscal coordinador Lisandro Beherán, por la querella en representación de la víctima la abogada María Estela Esnaola. El abogado Víctor Revossio defendió a C. B. D. N. y el abogado Pablo Di Lollo, a C.O. E.

Este juicio por jurados es el décimo que se realiza en la provincia de Entre Ríos, a partir de la aprobación de la ley de creación del Instituto. Sus instancias se realizaron cumpliendo los protocolos vigentes y no un fueron transmitidas ya que se trata de un caso de un delito contra la intimidad.
Fuente: Prensa Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos

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