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El Procurador General Jorge Amílcar García calificó de “falacia” la denuncia por mal desempeño que formularon en su contra los abogados Rubén Pagliotto y Guillermo Mulet ante el Jurado de Enjuiciamiento.

Lo hizo en su descargo ante el órgano que se encarga de evaluar el desempeño de funcionarios judiciales. En el extenso escrito, de más de 70 páginas, el Procurador se explayó sobre cuestiones jurídicas y también incluyó una chicana, cuando consideró que los denunciantes añoran un juez que saque a los imputados en pijama de sus casas, como le sucedió al exvicepresidente Amado Boudou.

El Jurado, integrado por siete miembros, analiza si forma causa contra García y también contra la Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción, Cecilia Goyeneche. Esta última fue denunciada por el abogado Carlos Reggiardo.

En su respuesta a las acusaciones, García planteó dos cuestiones: en primer lugar, sostuvo que no es competencia del Jurado remover al Procurador, sino que el procedimiento adecuado es el Juicio Político a través de la Cámara de Senadores y Diputados; en segundo término, solicitó se rechace in limine (sin siquiera analizar) la denuncia, por no contener argumentos serios y estar plagada de inexactitudes.

En cuanto a la primera circunstancia, señaló que existe una “laguna jurídica” a la hora de discutir mediante qué procedimiento debe removerse al Procurador. Destacó que ni el artículo Nº 138 de la Constitución provincial, en la que se establece el juicio político; ni el artículo Nº 219, que contempla el Jury, se menciona al Jefe de Fiscales.

En efecto, el primero refiere que son alcanzados por el juicio político el gobernador, vicegobernador, los ministros del Poder Ejecutivo, los miembros del Superior Tribunal de Justicia, de sus salas y el Defensor del Pueblo; mientras que el Jury incluye al Procurador General.el Fiscal de Estado, el Contador General, el Tesorero General, los miembros del Tribunal de Cuentas, el Director general de escuelas y vocales del Consejo General de Educación.

Al respecto, planteó que debe realizarse una interpretación de las leyes para resolver el entuerto. En ese punto, repasó algunas opiniones de convencionales de la reforma constitucional provincial de 2008, que, a su criterio, permiten establecer que ubicaban al Procurador dentro del grupo de sujetos alcanzados por el juicio político. Mencionó específicamente algunas expresiones de Miguel Carlín y de Raúl Barrandeguy, actual abogado del exgobernador Sergio Urribarri.

Tras ese punto, consideró que la denuncia es una embestida contra la autonomía al Poder Judicial y se abocó a responder las acusaciones, a las que que calificó de falaces y cargadas de inexactitudes.

Dos cuestiones le endilgaron los abogados a García: primero, que no apartó a la Procuradora Adjunta de la causa Contratos de la Legislatura, cuando se supo de su vínculo comercial con el imputado Pedro Opromolla; y, en segundo lugar, le reprocharon el recorte de la investigación que dejó fuera el período 2007 a 2011 en la Cámara de Diputados, cuando la presidía Jorge Busti.

En cuanto al caso de Goyeneche, García hizo una cerrada defensa de la funcionaria y se remitió a las explicaciones que dio la misma sobre la situación. Recordó que Goyeneche expresó que Opromolla tuvo un vínculo de amistad con Luis Sebastián Orlando Bertozzi, su esposo, a fines de los noventa; y que fue ella quien se apartó de la causa el 29 de abril de 2019.

Al respecto, remitió a la respuesta que dio Goyeneche de que cuando se trabó un embargo patrimonial sobre los imputados, con el objeto de asegurar el recupero del producto del delito, se dispuso un embargo sobre el 50% de titularidad de Opromolla, de un inmueble ubicado en calle La Paz N° 236, Oficina ´B´, de Paraná, pero que ese departamento, que figuraba a nombre de Opromolla, fue adquirido por Goyeneche “por boleto de compraventa por la suscripta en fecha 9 de marzo de 2017”. Y que el inmueble fue adjudicado por escritura pública del 14 de diciembre de 2016 y que el 9 de marzo de 2017 adquirió el 50% indiviso restante.

Al igual que su colega, García remarcó que hubo una demora de la autoridad registral al asentar la adquisición de la parte indivisa del inmueble que hizo que figurase todavía a nombre del acusado.

Por otra parte, el Procurador incluyó un chicaneo a los denunciantes. En un tramo de su descargo, manifestó que los abogados Pagliotto y Mulet tendrían nostalgias por un juez Federal de Capital Federal que sacó en pijamas de su vivienda al exvicepresidente Amado Boudou, cuando no había ningún riesgo de fuga o entorpecimiento de la investigación. Aludió a la detención ocurrida el 3 de noviembre de 2017, en Madero Center, a instancia del juez Ariel Lijo en el marco de una causa por lavado de dinero.

En cuanto a la no investigación del período 2007-2011 en Diputados, en la causa Contratos, señaló que los fiscales Patricia Yedro e Ignacio Aramberry fueron claros al señalar en el escrito de remisión a juicio que no existe evidencia en ese tiempo, sino que sí hay desde 2012.
Tras ello, pidió al Jurado que resuelva la cuestión de competencia, es decir, que el caso debe ir por la vía del Juicio Político; y en caso de no entenderlo así, pidió se rechace la denuncia.

Según la Ley de Jury, el Jurado de Enjuiciamiento dispone de 60 días hábiles para resolver si acepta o desestima la denuncia contra los funcionarios enjuiciables. Los mismos se distribuyen de la siguiente manera: 20 días hábiles para el jurado del primer voto; 6 para cada uno de los 8 jurados restantes; y 4 días para el ordenamiento y compilación de los votos, redacción final y firma de la sentencia. Según una estimación realizada por el sitio Entre Ríos Ahora, el órgano ya lleva más de 40 días y está cerca de dictaminar si forma o no causa.
Fuente: Entre Ríos Ahora

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