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El Comité Nacional para la Prevención de la Tortura (CNPT) recibió información sobre posibles hechos de hostigamiento ejercidos por parte de personal policial previo al fallecimiento de José Luis González, un joven de 22 años aparecido muerto en el río Paraná, en la isla Bonita. Con esos datos, se reunió con su familia para ponerse a disposición y tomar contacto directo con el hecho. En tal sentido, el CNPT se dirigió al Fiscal auxiliar número cinco, a cargo de la Unidad de investigación y litigación de la Provincia de Entre Ríos, Santiago David Alfieri Porqueres, a quien solicitó que la Policía provincial no participe de la investigación.

Además le pidió los datos que se detallan a continuación:

-Informe de las actuaciones realizadas en el marco de la investigación.
-Informe de actuaciones médicas realizadas, en particular, la autopsia llevada a cabo
-Independientemente de ello, remita copia digital de la totalidad del expediente
-Toda otra información que considere de interés.
El caso
El cuerpo de José Luis González fue hallado el domingo 26 de diciembre en jurisdicción de Santa Fe, después de estar desaparecido durante una semana, desde el domingo 19. Los familiares del joven paranaense inmediatamente apuntaron contra agentes de la Comisaría Octava de la capital entrerriana. "Mi hermano unos días antes de desaparecer había tenido problemas con 'los de la comisaría octava', había ido a notificarse de un papel y le dijeron que lo iban a matar", relató su hermana, Macarena González.

Posteriormente, la autopsia realizada por el Jefe del Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial de Santa Fe confirmó que la muerte del joven se produjo por traumatismo de cráneo.
Comité Nacional para la Prevención de la Tortura
El CNPT –órgano rector del Sistema Nacional de Prevención de la Tortura, creado por Ley N°26.827– es un organismo estatal independiente creado para la prevención de la tortura y los tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes de las personas privadas de libertad en cualquier institución pública, privada o mixta, en cumplimiento del Protocolo Facultativo de la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles Inhumanas y Degradantes de la ONU (OPCAT).

En el marco de su mandato, tiene la facultad de solicitar datos, información o documentación a toda otra autoridad pública nacional y/o provincial y/o municipal.

El CNPT interviene en el marco de sus competencias ante las situaciones de violencia institucional, que alteran la convivencia en democracia y atenta contra los DDHH de las personas que es deber del Estado garantizar.
Fuente: APF

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