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La Junta Electoral de La Paz decidió rechazar la impugnación a la candidatura de Domingo Daniel Rossi a la intendencia de Santa Elena.

La presentación había sido formulada por Mario Alcides Vega, planteando que el jefe comunal -que busca acceder a su sexto mandato- no puede ser reelegido por la disposición transitoria del artículo 291º de la Constitución provincial reformada en 2008, que prohíbe la reelección más de una vez, pudiendo ser electo en lo sucesivo en forma alternada.

Para el denunciante, esa cláusula “no es una aplicación retroactiva de la ley, sino la previsión y aplicación de la ley a las situaciones jurídicas existentes al momento de la puesta en vigencia de la reforma constitucional. Es el mismo caso que el previsto en el artículo 7º del Código Civil y Comercial de la Nación –si bien esta ley es aplicable a las relaciones jurídicas privadas que tienen un tratamiento distinto a las normas organizativas del Estado- o en la cláusula transitoria novena de la Constitución Nacional”, dijo, oportunamente, Vega.

Rossi fue presidente municipal de la localidad en los períodos 1983/1987, 1991/1995, 2003/2007, 2011/2015 y 2019/2023.

Textualmente, el artículo 291º establece lo siguiente: “A los efectos de garantizar la aplicación del 234º, se establece que aquellos ciudadanos que a la fecha de la sanción de esta Constitución se encontraren desempeñando su segundo mandato consecutivo como presidentes municipales, sólo podrán en lo sucesivo ser electos en períodos alternados”.

Vega interpreta el articulado de esta manera: “Según el artículo 291º de la Constitución Provincial, la reelección de Rossi para el período 2007-2011, aunque no haya podido asumir su segundo mandato consecutivo al ser destituido por la Justicia, impediría que acceda a una nueva re-re-elección”.

La Junta Electoral, integrada por la jueza Silvia Vega, el fiscal Facundo Barbosa y el defensor Martín Millan, determinó en primer lugar que la impugnación es extemporánea, pero además carece de “legitimidad activa”, esto significa que Vega no es parte del proceso electoral.
Fuente: Página Política

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