Desde el CGE aportaron precisiones respecto del itinerario seguido por Flores y de las razones que llevaron a que “se le deniegue la licencia del artículo 9”. Queda claro que la responsabilizan por dos motivos: pudo hacer uso de una licencia al 50% de los haberes o pedido el cambio de funciones, pero no siguió ninguna de las dos vías formales.
Explicaron que “desde 2021 y hasta el 2025 la docente viene en uso de licencia” y citaron como “antecedentes” del caso que en efecto “padece de problemas en la cadera, infección en su prótesis y neuropraxia de ciático derecho. Conforme a los certificados médicos estás dolencias le impiden realizar tareas laborales y cotidianas”.
“Teniendo en cuenta la cantidad de días gozados –argumentaron- se deniega la licencia, teniendo en cuenta que el art. 12 inc. b del decreto 5923/00 otorga 2 años de licencia por enfermedad de largo tratamiento al 100% de sueldo, y un año más con el 50% de los haberes. Dicho esto, la docente podría haberse encuadrado en una licencia al 50% de sus haberes si todavía no estaba en condiciones de volver a su puesto de trabajo”, agregaron, responsabilizando implícitamente a Flores por no haber hecho uso de esta última opción.
“Cabe aclarar –concluyen desde el CGE- que durante este tiempo la docente no ha iniciado un cambio de funciones para realizar otro tipo de tareas de acuerdo a su condición o en un lugar con accesibilidad. Tampoco ha iniciado ningún trámite de jubilación por invalidez”.