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Murió la exjueza laboral de Concordia que había logrado que el STJ le reconociera “tareas de cuidado” en un concurso

María Josefina Pace

A los 43 años de edad falleció la ex camarista laboral de Concordia, María Josefina Pace, tras atravesar una enfermedad oncológica. Su deceso causó pesar en el ámbito judicial de la provincia de Entre Ríos, donde desarrolló su carrera e impulsó un particular antecedente en materia de género y concursos públicos.

 

Tras conocerse la noticia, la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de Entre Ríos emitió un comunicado para despedir a la magistrada y expresar sus condolencias. “Lamentamos profundamente el fallecimiento de nuestra asociada María Josefina Pace, quien desarrolló una comprometida trayectoria en la función judicial y fue una persona muy querida y reconocida por sus pares”, manifestó la entidad.

 

En el mismo sentido, el organismo acompañó a sus allegados y colegas en este momento de dolor: “Despedimos a Josefina con enorme tristeza y con el reconocimiento de quienes compartieron con ella el camino de la función judicial”.

 

Un fallo del Superior Tribunal de Justicia que marcó un antecedente

 

El nombre de Josefina Pace cobró amplia repercusión institucional y periodística en el año 2024 a partir de un reclamo que derivó en una sentencia del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos. La magistrada había iniciado una demanda contra el Consejo de la Magistratura tras participar en dos concursos destinados a cubrir juzgados laborales en las ciudades de Paraná y Concordia.

 

En su presentación, Pace solicitó formalmente que se le otorgara puntaje por las tareas de cuidado desempeñadas en el ámbito familiar, argumentando que la evaluación debía contemplar una mirada con perspectiva de género. Ante el rechazo inicial del Consejo de la Magistratura, la jurista recurrió al máximo tribunal de la provincia mediante un recurso de revisión.

 

La discusión sobre las tareas de cuidado y la perspectiva de género

 

En su planteo, Pace cuestionó que el organismo evaluador le exigiera acreditar que las tareas de cuidado estuvieran "exclusivamente a su cargo", señalando que la Ley N° 11.003 de creación del Consejo de la Magistratura no establecía semejante requisito.

 

La causa generó un intenso debate en el seno del STJ, donde se registraron posturas divididas:

 

Postura del vocal Miguel Giorgio: Sostuvo que la reforma de la ley del Consejo de la Magistratura sancionada en 2022 no se encontraba vigente al momento de realizarse la convocatoria al concurso en 2021.

 

Postura de la vocal Gisela Schumacher: Cuestionó el criterio del organismo de selección y remarcó la necesidad de aplicar la perspectiva de género. “Evidentemente, el Consejo de la Magistratura no logró resolver con perspectiva de género el planteo recursivo efectuado, sino que adopta una postura que continúa perpetuando estructuras generalizadas de sometimiento y discriminación de las mujeres”, aseveró en su voto.

 

En ese mismo dictamen, Schumacher agregó: “Es una realidad que el peso principal de las tareas de cuidados sigue recayendo en las mujeres, funciones que no son remuneradas y por las cuales debemos resignar tiempo para, por ejemplo, dedicar a nuestras carreras o profesiones laborales”.

 

Finalmente, el Superior Tribunal de Justicia resolvió hacer lugar al reclamo de Pace por una mayoría de cinco votos contra cuatro. Acompañaron la posición favorable los vocales Gisela Schumacher, Daniel Carubia, María Fernanda Miotti, Carlos Tepsich y Leonardo Portela; mientras que votaron en sentido contrario Miguel Giorgio, Claudia Mizawak, Marcela Badano y Teresita Mastaglia.

 

De esta manera, la trayectoria de la ex camarista de Concordia quedó asociada a un precedente de gran relevancia jurídica en Entre Ríos sobre la valoración de las tareas de cuidado en los procesos de selección para la magistratura provincial.

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