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Según la resolución general 4315 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicada en el Boletín Oficial, podrán ingresar al país celulares, computadoras portátiles y tablets sin ser declarados en la Aduana. Por lo tanto, ya no se cobrará el impuesto equivalente al 50 por ciento del valor del producto que regía hasta ahora.

A partir de este viernes, celulares, notebooks y tablets serán considerados “de uso o consumo personal”, rubro en el que históricamente estaban incluidas las prendas de vestir y aseo y otros bienes que ingresaban por la aduana sin pagar aranceles extra.

“En virtud de lo expuesto y teniendo en consideración las necesidades de globalización y de la era digital, resulta necesario actualizar el alcance del concepto ‘efectos de uso o consumo personal’, sus modificatorias y sus complementarias, con el objeto de incorporar aquellos efectos tecnológicos de uso común por viajeros como incidencia de viaje”, argumentaron las autoridades.

En el caso de las computadoras, la resolución alcanza a equipos que “no requieran para su funcionamiento una fuente exterior de energía”. Es decir, deja afuera a las computadoras de escritorio y otros productos similares”.

La AFIP precisó, en un comunicado de prensa, que “cada pasajero podrá ingresar como objeto personal con un celular y deberá optar entre una sola computadora portátil o una tablet".

Y agregó: “La medida constituye el primer paso en una serie de mejoras para los pasajeros que llegan del exterior por cualquier medio de transporte. El objetivo es tornar más eficiente el control aduanero vocalizando en mercaderías de mayor valor y peligrosidad”.

Esta iniciativa se complementa con otra conocida ayer, que eliminó aranceles a la importación de productos tecnológicos.

Continúa vigente para la compra de otros productos en el exterior una franquicia, que varía según el país de origen: 150 dólares para los limítrofes y 300 dólares para el resto de las naciones. Cuando un pasajero supera esos límites, debe pagar un impuesto equivalente al 50 por ciento del valor de los artículos que adquirió en el extranjero.

Para las compras en el Free Shop, desde enero de este año rige una franquicia de 500 dólares.
Fuente: AFIP

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