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El Director General de Defensa del Consumidor de de la provincia, Juan Carlos Albornoz, advirtió que “el pago con tarjeta de débito no puede tener ningún tipo de recargo o comisión, esto es totalmente ilegal y está sancionado”.

Se han detectado cobros de recargos indebidos en transacciones comerciales con tarjetas de debito. En ese sentido, el titular de Defensa del Consumidor de la provincia, Juan Carlos Albornoz, explicó que “si bien esta es una cuestión netamente impositiva y fiscal, reglamentado por la AFIP, desde la provincia, y particularmente desde esta Oficina de Defensa del Consumidor, queremos informar que la AFIP ha reglamentado sobre esta cuestión, estableciendo la obligatoriedad a los comercios de tener posnet y cobrar con tarjeta de débito, de igual manera que lo hace en efectivo”.

Albornoz advirtió que “el pago con tarjeta de débito no puede tener ningún tipo de recargo o comisión, esto es totalmente ilegal y está sancionado. Como consumidores tenemos que saber y exigir que el pago con débito no requiere ningún tipo de comisión o de interés, ya que el pago en débito es exactamente igual que el pago en efectivo”.

Albornoz dijo que “ante el comercio que pretenda cobrar un interés u comisión por un pago en débito, debe hacer una queja formal y que quede asentado en un libro de queja o por algún otro soporte, como un mail, donde quede constancia del reclamo y si hay, por parte del comerciante, algún tipo de reticencia, se puede hacer la denuncia ante las Oficinas de Información al Consumidor de cada municipio provincial”.

Para finalizar, el funcionario también aclaró que “respecto al uso de la tarjeta de crédito y la opción en un sólo pago, la ley de tarjetas de crédito, una ley sancionada hace unas cuantas décadas, entiende que el pago en una cuota es igual que pago en efectivo, por lo tanto tampoco se pueden cobrar adicionales ni comisiones alguna y en caso que esto ocurra, también puede ser sancionado. Apelamos a la responsabilidad de los comerciantes para que entiendan que, con tarjeta de débito o de crédito en un pago, no debe cobrarse interés ni comisión alguna”, concluyó Albornoz.
Fuente: Máxima online

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