En primera instancia, el año pasado el magistrado dispuso “rechazar la medida de prisión preventiva interesada” por el Ministerio Público Fiscal, y en vez de eso impuso a Joaquín Ubaldo Hail una medida “sustitutiva de prisión preventiva” consistente en “un arresto domiciliario por el término de 60 días con prohibición absoluta de uso de redes sociales como asimismo prohibición de todo tipo de contacto con personas nombradas” en el expediente judicial, “sean víctimas, amigos o familiares” de las víctimas y de acercarse “a menos de 400 metros”.
Pero mientras estaba con restricción de la libertad en su vivienda, el joven violó esa limitación que le había impuesto la Justicia
El miércoles 24 de octubre, el músico y dirigente fue imputado por el delito de grooming. Y ese mismo día, la familia de la segunda menor que denunció los abusos hizo saber a la Fiscalía que su hija seguía viéndose en la casa de Hail, a pesar de la prisión domiciliaria que cumplía y de la prohibición de acercamiento a sus víctimas. Una cámara de seguridad cercana al domicilio de Hail registró el ingreso de la menor 16,28 y salida a 17,51. Eso ocurrió aún cuando tenía prohibición de contacto con la menor.
Fue a raíz de la violación de una medida de seguridad concreta que el fiscal Uriburu pidió al juez Luna la prisión preventiva en la Unidad Penal de Victoria, a lo que el magistrado accedió. El 26 de octubre Hail fue enviado a la cárcel de Victoria.
El abogado defensor de Hail, Augusto Diego Lafferriere, apeló la medida dispuesta por el juez Luna, y el caso llegó para su resolución al Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguaychú. El martes 6 de de noviembre último, el vocal Mauricio Daniel Derudi, sin embargo, rechazó el planteo y confirmó el encarcelamiento en forma preventiva del líder de la banda Kuwayt y militante de la UPCN que ahora pasará un mes más detenido, mientras intentan dar por cerrada la etapa de investigación.