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El viernes 1º de diciembre, último día hábil en Tribunales en el que Santiago Nicolás Brugo ejerció como miembro del Ministerio Público Fiscal, firmó un dictamen en el que desestimó «por inexistencia de delito» la denuncia que había formulado en 2021 su entonces jefa, la exProcuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción, Cecilia Andrea Goyeneche, destituida por el Jurado de Enjuiciamiento en mayo de 2022, acusada de mal desempeño en la tramitación de la megacausa de los Contratos Truchos en la Legislatura.
Rechazo
Goyeneche había denunciado a tres vocales del Superior Tribunal de Justicia (STJ) -Claudia Mizawak, Daniel Carubia y Martín Carbonell-, como integrantes del Jurado de Enjuiciamiento; también a la representante del Colegio de la Abogacía, Sonia Mabel Rondoni, y al fallecido fiscal ad hoc que la acusó en el jury, Gastón Justet. «Luego de haber analizado minuciosamente las copias incorporadas ala IPP, debemos destacar que no se advierte ninguna conducta susceptiblede reproche penal en los hechos denunciados, como así tampoco en el decreto que dispuso la suspensión de los plazos hasta la composición de los nuevos integrantes del Honorable Jurado de Enjuiciamiento», dice en su dictamen el fiscal Brugo, que este lunes juró como nuevo integrante del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná.

El ahora juez Brugo opinó como fiscal que «si bien es cierto que los hechos objeto de la presente pesquisa han sido controversiales -basta para ello observar las diferentes opiniones plasmadas por los distintos actores a lo largo de sus intervenciones en los expedientes aludidos-, pero de ninguna forma se puede afirmar que esa disputa discursiva, torna ilícita la conducta de los denunciados». Y agrega: «En esa inteligencia, debemos destacar que no se advierte que haya existido malicia por parte de los denunciados, siendo ello suficiente para afirmar la atipicidad de los hechos sub examine».
Detalles de la denuncia de Goyeneche
En 2021, Goyeneche había iniciado una batalla que finalmente perdió contra el proceso de jury abierto el 30 de noviembre de ese año a partir de una resolución del Jurado de Enjuiciamiento, y lo hizo en varios frentes: recusó a miembros del organismo que dispuso su suspensión y el apartamiento del Ministerio Fiscal de su función de órgano acusador, presentó un recurso de amparo ante el STJ que no prosperó y el 31 de diciembre inició una demanda penal que apunta a tres de los nueve vocales del alto cuerpo.

Esa denuncia penal quedó en manos del fiscal Santiago Brugo. “Por la presente, me presento a efectos de formular formal denuncia penal en virtud de la comisión de los delitos que más abajo denunciaré en autoría de los señores Jurados del Honorable Jurado de Enjuiciamiento de Entre Ríos, Daniel Omar Carubia, Claudia Mónica Mizawak, Martín Francisco Cabonell (los tres vocales del STJ), Sonia Mabel Rondoni (representante del Colegio de la Abogacía) y Armando Gay (representante del Senado) –que votaron la apertura del jury en su contra- y por el abogado Gastón Alberto Justet –que decidió asumir la funciónde fiscal ad hoc (NdelR)”, dice la presentación.

El “primer hecho” alude a la resolución del Jurado de Enjuiciamiento del 30 de noviembre de 2021.

A los cinco miembros del Jurado de Enjuiciamiento los denunció penalmente por cuanto “al emitir sus votos que conforman la mayoría en la resolución fechada el 30/11/21 han cometido el delito de abuso de autoridad”. Tilda de “ilegal e inconstitucional” la decisión de “separar del conocimiento de la causa a la totalidad de los integrantes del Ministerio Público Fiscal y correr traslado al orden del listado de conjueces del Superior Tribunal de Justicia”.

Dice la denuncia que la determinación de apartar al Ministerio Público Fiscal de su función constitucional en el jury “contradice” lo que prevé la Ley N° 9.283 (que regular el funcionamiento del Jurado de Enjuiciamiento), que en su artículo 11° “establece que la acusación en este procedimiento está a cargo del Procurador General”.

Lo resuelto por el Jurado de Enjuiciamiento, abunda la denuncia penal, también va contra lo que establece la Ley N° 10.407 Orgánica de Ministerios Públicos, que entre las funciones que le asigna al Procurador General está la de “formular la acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento”. Esa ley, añade, “ha sido dolosamente incumplida por los denunciados”.

Afirma Goyeneche en su denuncia que la decisión del Jurado de Enjuiciamiento de apartar al Ministerio Público Fiscal como órgano acusador , tarea que le asignan dos leyes, “es de una grosera y manifiesta ilegalidad por ausencia de legitimación del Jurado de Enjuiciamiento para disponer ese desplazamiento”.

“La resolución, tomada sin competencia, desplazó arbitrariamente de sus funciones como eventuales subrogantes del Sr. Procurador General para representar al organismo ante el Jurado de Enjuiciamiento a 2 Procuradoras Adjuntas, 7 Fiscales de Coordinación, 2 Fiscales de Cámara, 51 Fiscales y 50 Fiscales Auxiliares, vale decir, un total de 112 Magistrados del Ministerios Público Fiscal”, señala.

La Procuradora Adjunta plantea además una “segunda ilicitud” relacionada con la decisión de 5 de los 7 miembros del Jurado de Enjuiciamiento de nombrar un fiscal ad hoc para suplantar al Ministerio Público Fiscal. “Debe notarse que la ilicitud no fue siquiera corregida luego de que el Sr. Procurador interpusiera recusaciones y advirtiera de la comisión de delitos en presentación realizada el 2 de diciembre pasado ante el Jurado de Enjuiciamiento. Frente a ello y en lugar de optar por la reflexión jurídica, el Jurado de Enjuiciamiento resolvió, por mayoría, el 6de diciembre, rechazar infundadamente esta presentación”, subraya.

Más adelante, Goyeneche plantea en su denuncia penal que “toda la maniobra se vincula con la pretensión de interferir en la independencia del Ministerio Público Fiscal, particularmente en la actuación de la suscripta como Fiscal Anticorrupción, debido al avance de las investigaciones y juicios por graves delitos de corrupción que se siguen en la Provincia de Entre Ríos. Esta accio´n deliberada tiende tanto a obstaculizar esas investigaciones concretas, como de infundir temor a jueces y fiscales”.

Dice que las decisiones adoptadas en este proceso por el Jurado de Enjuiciamiento “pone en crisis mis derechos constitucionales a la estabilidad en el cargo público”, y también “me coloca en situación de víctima de los abusos de autoridad y designaciones y aceptación ilegal de cargo que vengo a denunciar”.

La presentación hecha ante el Ministerio Público Fiscal el 31 de diciembre señala la “ilicitud penal” cometida por el fiscal Martín Carbonell, como presidente, en 2021, del Jurado de Enjuiciamiento de tomar juramento al abogado Gastón Justet como fiscal ad hoc, y agrega: “Se configuró también en ese acto un hecho delictivo en autoría del abogado Justet en virtud de su aceptación de funciones públicas, para las que los integrantes de la lista de conjueces carecen de legitimidad formal y sustancial.

Además, destaca Goyeneche que los ilícitos que denuncia ya habían sido señalados por el Procurador General en su presentación contra lo resuelto por el Jurado de Enjuiciamiento el 30 de noviembre.

El tercer hecho alude a los “delitos cometidos” por quien ejerció hasta el 30 de diciembre de 2021 el entonces presidente del Jurado de Enjuiciamiento, Martín Carbonell. En ejercicio de esa función, dice Goyeneche, “reiteró la ejecución de acciones ilegales a través de la emisión de resoluciones” que, a su juicio, configuran “ilicitud”.

Entre otras decisiones le reprocha haber resuelto, el 30 de diciembre, “suspender los plazos procesales y todo trámite hasta tanto se integre el H. Jurado período 2022/2023 y sean elegidas sus autoridades, con posterioridad a los respectivos juramentos”.

“El Sr. Carbonell no invoca normativa alguna para tamaña decisión. Antes bien la misma es unacto puro de poder, a través del c ual se incumple de manera directa y flagrante con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 9.283”, puntualiza.

Así, concluye con la formulación de la denuncia penal por la comisión de delitos de los 5 integrantes del Jurado de Enjuiciamiento más el fiscal ad hoc Justet.
Fuente: Entre Ríos Ahora

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