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Pasaron más de cinco años de aquella entrevista en la que el sanjosesino Christian Iñiguez decidió contar a El Entre Ríos, la triste historia que había desencadenado en el fallecimiento de su bebé.

Unos meses antes había recurrido a la Justicia, a la espera de alguna respuesta que alivie tanto dolor.

Hasta el momento, todo había sido inexplicable para los padres del pequeño Fabián, nacido el 18 de abril de 2017 en la ciudad de Colón. Antes de cumplir el mes de vida, un cuadro de tos los llevó a buscar ayuda profesional.

Del consultorio particular de una médica, comenzaron un derrotero que incluyó los Hospitales San José (de la localidad homónima, donde vive la familia), San Benjamín (Colón), Justo J. de Urquiza (Concepción del Uruguay), el Instituto Privado de Pediatría de Paraná y finalmente el Hospital Materno Infantil San Roque de la capital entrerriana.

De un lado al otro, la incertidumbre y la angustia iban en aumento, y la salud del bebé empeorando. En dos oportunidades, le negaron la posibilidad de trasladarlo al Hospital de Niños Garrahan, en CABA. Finalmente, el desenlace fue el peor.
Acción penal extinguida
Así como la medicina no pudo darle una respuesta, tampoco pudo hacerlo la Justicia. Este martes 3 de mayo de 2022, volvieron a ser malas las noticias para la familia Iñiguez.

“Lamentablemente expiró la causa. Fue una odisea judicial”, dijo Christian a El Entre Ríos.

La Fiscal Auxiliar N° 2 -Interina- de la Unidad Fiscal Colón Maria Noelia Batto, procedió al archivo del Legajo N° 1061/2017, mediante el cual se investigaba su denuncia.

“Habiendo examinado el presente legajo, debo adelantar que, a criterio de la suscripta, la investigación se encuentra agotada y no existen en autos elementos suficientes como para afirmar, en grado de sospecha, que los profesionales intervinientes hayan quebrantado su rol en lo que era cognoscible y evitable”.

“El hecho ocurrió el día 16/05/2017 y el tipo penal en juego contempla una pena máxima de cinco (5) años de prisión; por lo que atento el tiempo transcurrido, el hecho denunciado se encuentra prescripto”, explica el escrito de la fiscal.

“El Código Penal reconoce la prescripción como uno de los supuestos de extinción de la acción penal. Es decir, que mediante ella se limita la potestad punitiva del Estado, dado que se extingue la posibilidad de investigar un hecho criminal y determinar la responsabilidad del supuesto autor o autores del mismo”, dice en otro párrafo, concluyendo en que “la acción penal, al día de la fecha, se encuentra extinguida por el transcurso del plazo de prescripción”.
Fuente: El Entre Ríos

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