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El gobierno provincial pretende modificar el funcionamiento del Consejo de la Magistratura. Se trata del organismo por el cual se evalúa y seleccionan postulantes para integrar el Poder Judicial en Entre Ríos.

Lo integran representantes de los poderes Ejecutivo y Judicial, la Asociación de Magistrados, el Colegio de la Abogacía, el gremio judicial, las universidades y las organizaciones no gubernamentales.
Amplía a 13 integrantes
La iniciativa, que lleva la firma del bloque del oficialismo en la Cámara de Diputados, amplía la constitución pasando de 11 a 13 integrantes sumando dos lugares para la representación del Ejecutivo que hoy tiene uno.

Ese cambio responde, según los fundamentos de los autores, a lo que establece el artículo 181 de la Constitución provincial en cuanto a que se “deberá asegurar el equilibrio entre los sectores en un número igual” a los representantes del Poder Judicial y la Academia.

La comunidad judicial, en la actualidad, está representada por dos integrantes de la Asociación; dos por el Colegio; y un lugar para el sindicato de empleados judiciales. Mientras que la sociedad civil tienen dos miembros por las organizaciones no gubernamentales; y tres por las universidades.
Un cupo más para universidades públicas
En el caso de las casas de altos estudios, el proyecto plantea que de los tres representantes, “al menos dos serán por universidades públicas”. Eso, en la actualidad, no sucede. Sólo el juez federal Leandro Ríos representa a la UNL. Quienes lo acompañan lo hacen por universidades privadas UCA y UCU.

El apartado del texto propuesto es que los tres docentes tienen que ser de “nivel universitario de materias de derecho, titulares, asociados o adjuntos, con carácter ordinario, de universidades públicas, nacionales o provinciales, o privadas, con sede y/o domicilio real en la provincia de Entre Ríos”.

El criterio hasta ahora consiste en que los representantes de ese estamento deben ser docentes de las universidades que forman en Derecho, de ahí que el sector privado tenía preponderancia sobre el público. Sin embargo, el proyecto modifica ese inciso para que también puedan integrar el organismo aquellos docentes que dicten una materia en derecho.

En los argumentos se señala que tanto la Uader, UNER y UTN como universidades públicas, “tienen fuerte presencia, desarrollo y un verdadero anclaje en nuestra provincia. Y en sus carreras se enseña el derecho en sus distintas materias, contando con profesoras y profesores de prestigio y de “reconocida trayectoria en el ámbito académico o científico”.

En todos los casos se establece la necesidad de cumplir con la paridad de género para la representación de los distintos estamentos.
Jurados y casos
Otra modificación que se propone refiere a las causales por las cuales se debe excusar un miembro o puede ser recusado: enemistad manifiesta, amistad íntima, sociedad con el concursante o participación conjunta en ámbitos académicos, laborales o de otro tipo que impliquen habitualidad en el trato.

“Se entenderá que compartir una cátedra académica, un tribunal de juicio o un estudio profesional en cualquier carácter, con alguno de los postulantes y/o jurados de cada concurso, queda comprendido dentro de la causal de este inciso”, dice el proyecto. En este punto se especifican los motivos, mientras que en la norma vigente las causales quedan más “a criterio del Consejo”.

En los fundamentos se hace referencia a la necesidad de “ir corrigiendo debilidades que han surgido en la práctica”, por lo que “en particular se agregan causales de excusación y recusación para aumentar la transparencia al proceso de selección”.

El proyecto advierte, también, “una fragilidad en el sistema que otorga a los jurados la potestad de diseñar los casos, ya que ha existido la situación de demoras o errores en la entrega de los mismos”. Es así que se propone un “banco de casos” que, por tanto, no serán elaborados por los jurados que evalúen en el concurso para el que hayan sido designados. Esto vendría a subsanar cuestiones que se dieron en algunos concursos en los que se denunció que los casos estaban mal.

En cuanto a los requisitos para integrar las listas de jurados también hay cambios. Los integrantes de la magistratura o ministerios públicos deberán tener 15 años de antigüedad en el ejercicio de la profesión, no cinco como en la actualidad. Lo mismo para abogados y abogadas, a los que se les pedía 10.

Los autores sostienen que “toda institución de la democracia debe ser revisada, retomando el concepto inicial, con el propósito de afianzar su fortaleza”.
Fuente: Página Judicial.

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