En los considerandos, el ejecutivo fundamenta las razones de la prórroga. Resalta que es un “deber” del gobierno “estudiar y evaluar la necesidad de renovar el contrato de cada empleado en particular, en función de los requerimientos laborales que pudieran surgir de las nuevas Secretarías que acompañarán el presente período de Gestión, como también, los antecedentes laborales de cada uno de ellos”. Y por tal motivo, “corresponde prorrogar la totalidad de los contratos hasta el hasta tanto 31 de diciembre del corriente año”. A renglón seguido, el decreto deja abierta las puertas a quienes se quieran ir por decisión propia: “no obstante ello, queda a criterio de cada Contratado manifestar su intención de no prorrogar su contrato”.
En los considerandos, el ejecutivo fundamenta las razones de la prórroga. Resalta que es un “deber” del gobierno “estudiar y evaluar la necesidad de renovar el contrato de cada empleado en particular, en función de los requerimientos laborales que pudieran surgir de las nuevas Secretarías que acompañarán el presente período de Gestión, como también, los antecedentes laborales de cada uno de ellos”. Y por tal motivo, “corresponde prorrogar la totalidad de los contratos hasta el hasta tanto 31 de diciembre del corriente año”. A renglón seguido, el decreto deja abierta las puertas a quienes se quieran ir por decisión propia: “no obstante ello, queda a criterio de cada Contratado manifestar su intención de no prorrogar su contrato”.