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En el marco de las disposiciones nacionales, el gobierno de Entre Ríos determinó que la administración pública trabaje de manera virtual, entre los días 22 y 30 de mayo. También, invitó a aplicar medidas similares a las autoridades de los poderes Judicial y Legislativo, municipios, comunas, empresas y sociedades del Estado. A través del Decreto Nº 1112/2021 firmado este viernes por el gobernador Gustavo Bordet, en base al análisis de la situación epidemiológica de Covid-19 que elabora el Ministerio de Salud, y a fin de reducir la circulación y la aglomeración de personas, se dispensa de la asistencia a sus lugares de trabajo al personal de la administración central y descentralizada.

La norma también establece excepciones para el personal del Ministerio de Salud, la Policía de Entre Ríos, Servicio Penitenciario, Subsecretaría de Políticas Alimentarias -incluyendo a agentes de la Dirección de Comedores-, al Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia, y los registros públicos dependientes del Ministerio de Gobierno y Justicia.

Para ello, las autoridades de cada jurisdicción deberán organizar al personal declarado esencial, los que estén afectados a actividades críticas o de prestación de servicios indispensables. La medida no afectará la percepción de haberes, para lo cual los responsables de cada área deberán determinar, a través de resoluciones, las pautas para la realización de tareas habituales en forma remota. Por otra parte, se suspenderán los plazos administrativos en el mismo período, excepto los referidos a los procedimientos de selección del co-contratante estatal bajo la ley de contabilidad y la de obras públicas, los concernientes a las operaciones de crédito público, a los procedimientos de los registros públicos y a los que expresamente las autoridades máximas de cada jurisdicción, les habiliten día y hora mediante la emisión de los actos administrativos de su competencia.

El decreto consigna entre sus fundamentos que actualmente los departamentos Colón, Concordia, Diamante, Federación, Feliciano, Gualeguay, Gualeguaychú, Islas del Ibicuy, La Paz, Nogoyá, Paraná, San Salvador, Tala, Uruguay y Villaguay, se encuentran definidos en el nivel de riesgo epidemiológico alto, ya que superan los parámetros establecidos por las autoridades sanitarias nacionales en cuanto a la razón de casos y/o la incidencia; mientras que los departamentos de Federal y Victoria encuadran en el nivel de riesgo epidemiológico medio.

Por otra parte, destaca que el Poder Ejecutivo Nacional indica que cada jurisdicción deberá implementar estrategias específicas y adaptadas a la realidad local en relación con la prevención, atención, monitoreo y control de su situación epidemiológica y deberá identificar las actividades de mayor riesgo de contagio, según la evaluación de riesgos, teniendo en consideración los parámetros de alto, medio y bajo riesgo epidemiológico y sanitario y de alarma epidemiológica y sanitaria. En ese marco, las medidas dispuestas a través del decreto tienen por objeto “reducir la circulación, contener la transmisión y reducir la mortalidad y la morbilidad por Covid-19, buscando también mantener la capacidad de respuesta del sistema de salud provincial y así disminuir el riesgo de sobrecarga de los servicios de salud”.
Fuente: Gobierno de Entre Ríos

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