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El Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay, con integración unipersonal del vocal Sebastián Gallino, resolvió hacer lugar al acuerdo de juicio abreviado que le presentaron Fiscalía y defensa y, en consecuencia, dictó sentencia condenatoria respecto de dos personas oriundas de la provincia de San Luis, que fueron imputadas del delito de “Transporte de estupefacientes”.

A “DAP”, de 24 años de edad, le cupo la pena de dos años y seis meses de prisión condicional y una multa de 135 mil pesos. El imputado fue comprendido en la figura del arrepentido, de ahí la morigeración de la pena.

En tanto que a “NGP”, una mujer de 36 años, resolvió condenarla a la pena de cuatro años y nueves meses de prisión y a pagar una multa de 135 mil pesos.
Figura del arrepentido
En relación al joven, el juez consideró que “en definitiva, cabe concluir que el acuerdo cuenta con fundamento para la aplicación de la disminución de la pena” por la aplicación de la Ley del Arrepentido. En este sentido, sostuvo que “en lo que hace a las penas a aplicar, en primer lugar, corresponde analizar si es factible disminuir la pena al arrepentido DAP, por los datos aportados”.

Las partes han fundamentado la aplicación de la figura del arrepentido al señalar que DAP indicó ”datos precisos sobre personas involucradas en la actividad ilícita investigada, domicilios y números de teléfonos; datos realmente valiosos que permitieron formar un Legajo de Investigación que tramitó en la Secretaría en lo Criminal y Correccional Nº 1 del Juzgado Federal local”.

Entre los datos que el arrepentido aportó, se mencionó “el informe de Gendarmería Nacional del domicilio indicado, que constata que efectivamente era habitado por el hermano de su consorte de causa, quien posee antecedentes por tráfico de estupefacientes, que en ese momento cumplía pena baja la modalidad de prisión domiciliaria por infracción a la Ley 23.737”. El arrepentido dijo que fue aquella persona quien le envió a buscar la encomienda.

Fiscalía indicó que “se realizaron tareas investigativas por parte de Gendarmería Nacional que no descartan su rol activo en actividades de tráfico pese a su estado de detención, por lo que, sin perjuicio de escasos resultados en el Legajo de Investigación, no debe cargarse al arrepentido la falta de producción de medidas de prueba y profundización de los datos aportados”.
El caso
A la pareja se le atribuyó que el 20 de diciembre de 2018 a la madrugada, personal de Gendarmería Nacional apostado en Colonia Yeruá (kilómetro 240 de la ruta nacional 14), realizó el control de un ómnibus y detectaron alrededor de 46 kilos de marihuana que se encontraban distribuidos en 46 paquetes rectangulares envueltos en cinta de embalar ocre.

Asimismo, se comprobó que el estupefaciente “se encontraban en dos cajas de cartón tipo encomienda, Guía Nº 999000389289, en la que figuraba como remitente BAA y destinatario DAP”.

En la continuidad de la investigación, el 26 de diciembre de 2018 se procedió a la detención de DAP y NGP en circunstancias de la entrega vigilada de la encomienda inter dictada en territorio entrerriano. Ocurrió alrededor de las 17, cuando la pareja se presentó “en la sucursal de Vía Cargo ubicada en la ciudad de Villa Mercedes, provincia de San Luis, en busca de la encomienda señalada, por lo que se procedió a detenerlos”.
Fuente: El Argentino

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