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La Cámara de Casación Penal de Paraná concedió el recurso de impugnación extraordinaria ante la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) interpuesta por el experito balístico del Poder Judicial, Antonio María Daniel Vitale, que cumple una condena en la Unidad Penal N° 1 de Paraná.
Pide que anulen su condena
De este modo, Vitale llega al máximo tribunal provincial con la pretensión de que se anule la condena dictada en 2018 a la pena de 12 años de cárcel, por el delito de robo de las armas judicializadas y amenazas simples. El recurso para llegar ante el máximo tribunal provincial fue presentado el 6 de junio por los abogados de Vitale, Iván Vernengo y Damián Petenatti, que cuestionaron la sentencia de dicha Cámara de fecha 12 de abril, en la que se confirmó la condena a su cliente dictada el 6 de abril de 2018 por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná.

Además, en el recurso agregaron una novedad: que la presidenta del Tribunal que condenó a Vitale, la jueza Carolina Castagno, violó la garantía de imparcialidad, puesto que en junio de 2017 había opinado sobre la causa durante un concurso en el Consejo de la Magistratura. Además de Castagno, el Tribunal de Juicio estuvo compuesto por José María Chemez y Cristina Lía Van Dembroucke.

La resolución que concede el recurso de Vitale para llegar al STJ fue refrendada el 30 de mayo último por los jueces Marcela Badano, Marcela Davite y Pablo Vírgala. En el escrito, los magistrados señalaron que el recurso cumple con el artículo 521 del Código Procesal Penal de la provincia, que establece dos causales para habilitar la instancia extraordinaria, a saber: en los supuestos que correspondiere la interposición del recurso extraordinario federal, y cuando la sentencia de la Cámara de Casación Penal resulte contradictoria con la doctrina sentada en fallo anterior del mismo tribunal o del Tribunal Superior de Justicia sobre la misma cuestión.

Tras mencionar que los abogados aseguran que se violó el principio de imparcialidad del juez; concluyen que “habiéndose desarrollado supuestos que habilitan la vía extraordinaria impetrada, y cumpliendo el recurso con los requisitos previstos en la normativa procesal citada, corresponde proceder a su concesión”.

En la parte resolutiva, ordenan remitir las actuaciones a la Sala Nº1 de Procedimientos Constitucionales y Penal del Superior Tribunal de Justicia para que trate el pedido de anulación de la condena a Vitale.
El planteo de Vitale
El planteo que realizan los abogados de Vitale dice que “tanto la sentencia del Tribunal de Juicio como la facturada por la Cámara de Casación, han omitido pronunciarse sobre invocaciones de hecho y derecho, y fundamentalmente sobre pruebas de descargo, que resultan hartamente pertinentes para sentenciar adecuadamente el presente caso, y que fueran arbitrariamente ignoradas, sin perjuicio de ser esgrimidas oportunamente como defensa y agravio”. Asimismo, incorporan una nueva causal para que la condena sea revocada: la violación de la garantía de imparcialidad por parte de la presidenta del Tribunal, María Carolina Castagno.

Los defensores entienden que la actual magistrada incurrió en la causal prevista en el artículo 38 inciso ‘J’ del Código Procesal Penal de la provincia, que establece el deber de excusarse “si hubiere dado consejos o manifestado extrajudicialmente su opinión sobre el proceso”.

En ese punto, mencionan que el 30 de abril de este año tomaron conocimiento de un hecho ocurrido previo al juicio oral que “denota un palmario, claro y rotundo adelanto de opinión de parte de la Sra. Presidente del Tribunal de Juicio, Dra. María Carolina Castagno” por haber “dado por cierto proposiciones fácticas determinantes que viciaban ab initio todo el desarrollo del juicio y atentaban de manera irremediable contra la imparcialidad que debe existir en todo juzgador”.

Al respecto, señalaron que el 12 de junio de 2017, Castagno, que por entonces era Fiscal de Coordinación, en una entrevista personal en el marco del concurso para convertirse en camarista, ante el pleno del Consejo de la Magistratura, hizo referencia al caso de armas judicializadas.

Especifican que en aquella ocasión, ante una aclaración de uno de los integrantes del organismo encargado de seleccionar los funcionarios del Poder Judicial, Castagno refirió que el encargado de la Sección de Efectos Secuestrados “vendía armas a los delincuentes”.

“Puede observarse –claramente- que las palabras de la Dra. Castagno dichas en aquella entrevista se insertaron en el contexto de una severa crítica que venía realizando a ciertas instituciones públicas, indicando ‘motu proprio’ y sin que nadie le pregunte expresamente por el caso particular en el cual se encontraba imputado el Sr. Daniel Vitale. Concretamente hizo referencia al presente proceso, indicando de manera asertiva que en la estructura del Poder Judicial se vendían armas a los delincuentes y poniéndolo al hecho, reiteramos, como un caso de gravedad que graficaría el enorme descrédito de la opinión pública en la Justicia”, concluyen. Por esa razón, piden que la condena sea revocada.
Fuente: Entre Ríos Ahora.

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